REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-L-2011-000715
SENTENCIA
PARTE ACTORA: RICHARD ANTONIO GUZMAN, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.273.353.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No tiene.
PARTE DEMANDADA: MMC AUTOMOTRIZ S.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado ERNESTO CARINI, I.P.S.A, Nº 41.413.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
Hoy, siete (07) de octubre del 2011, siendo las dos y veinticinco (02:25 p.m.) de la tarde, se dictó y publicó la presente sentencia, debido a la ausencia del sistema iuris 2000 en los tribunales laborales de la planta baja del palacio de justicia en horas de la mañana. La presente audiencia por Calificación de Despido debía instalarse a las 10:00 de la mañana. En tal sentido, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la misma. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la presencia de la representación empresarial, a travès del apoderado judicial, abogado ERNESTO CARINI, I.P.S.A, Nº 41.413. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Zaida Lopez Brito.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 2:57 p.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Zaida Lopez Brito.
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