REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro (04) de octubre de dos mil once
201° y 152°

Acta de Audiencia (Desistimiento)

ASUNTO: BP02-L-2011-000691
DEMANDANTE: La ciudadana YRMA ROSA VASQUEZ LEMUS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.464.406.
ABOGADA APODERADA DE LA ACTORA: La abogada NUSBELYS VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 75.478, Procuradora de trabajadores.
DEMANDADA: POLLOS LATINO, C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: El abogado RAFAEL MORELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 85.211.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Hoy, cuatro (04) de octubre de 2011, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS; se deja expresa constancia de que la parte actora no comparece a la realización de la Audiencia Preliminar, solo hace acto de presencia por la demandada POLLOS LATINO, C.A., el apoderado el RAFAEL MORELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 85.211. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152° y 201°.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Zaida López Brito.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:15 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Zaida López Brito.