REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, diecinueve de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BH06-X-2004-000130
De la revisión de las anteriores actuaciones que conforman el presente asunto, me aboco al conocimiento de la causa, a los fines de la prosecución de la misma. Vista la diligencia de fecha 05 de Octubre de 2011, suscrita por el joven MIGUEL JOSE RAMOS ZERPA venezolano, portador de la cédula de identidad No. 24.493.391, debidamente asistido por la Abogada BETZAIDA SALAZAR RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 54.468, en el cual solicita la entrega total del dinero, y visto igualmente que el referido joven ha cumplido su mayoría de edad; en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda y ordena de conformidad hacer entrega al antes identificado joven, la totalidad del dinero, comprendido por un monto de TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs. F 3.872,26), que le corresponde por haber alcanzado su mayoría de edad, en fecha 12/04/2011, tal como se puede evidenciar en la copia fotostática de su partida de nacimiento y cédula de identidad, las cuales están insertas al presente expediente, cuyo dinero se encuentra depositado en la cuenta de ahorros No. 0175-0088-11-0010003613, a nombre del prenombrado joven, en el Banco Bicentenario. En consecuencia, se acuerda el cierre del presente asunto, ordenándose el archivo del mismo. Líbrese oficio. Cúmplase. Y así se decide.
LA JUEZ
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA,
ABG. LOURDES CASTILLO.
AJD/RL