REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, 20 de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-000921
ASUNTO: BP12-S-2007-000921

Vista diligencia de fecha 11 de octubre de 2011, suscrito por la Abg. JANET BERMUDEZ OLIVEROS, en su carácter de Fiscal Duodécimo del Ministerio Publico de esta circunscripción, en consecuencia, la suscrita ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR, Juez de Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre. Se AVOCA al conocimiento del presente procedimiento en virtud de una Solicitud de DISPOCISIÓN DE BIENES, presentado por la Fiscal Duodécimo Janet Bermúdez Oliveros, a petición de la ciudadana VICENTA MARLENE RODRIGUEZ, interpuesta por ante la sala de juicio del Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente, Extensión El Tigre, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En fecha 16 de marzo del año 2007, se le dio entrada y se Admitió por ante éste despacho, en fecha 22 de marzo del año 2007, y vista la diligencia suscrita por la Abg. JANET BERMUDEZ OLIVEROS, en su carácter de Fiscal Duodécimo del Ministerio Publico de esta circunscripción, presentan diligencia en el cual declara que DESISTE, tanto del procedimiento y de la acción de la presente demanda.-


El Tribunal para decidir observa:


Constatadas de las actuaciones cursante en autos, que la parte que formula el DESISTIMIENTO, tiene legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para darle su aprobación este Tribunal.
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO formulado por la parte solicitante y procédase como sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Asimismo se acuerda la devolución de los originales que se encuentran incursos en el presente expediente, así mismo en virtud de que dicho desistimiento es realizado tomando en cuenta que el ciudadano FRANCISCO JESUS ASTUDILLO RODRIGUEZ, cumplió la mayoría de edad tal y como se desprende en el acta de nacimiento cursante en el folio tres (03) del expediente es por lo que este tribunal ordena la entrega de la totalidad del dinero existente en la cuenta de ahorros Nº 0007-0063-11-00-10006199 aperturada en el banco bicentenario a la solicitante.- líbrese oficio a la Oficina de Control Y Consignación, Circuito de Protección de Niños, Niñas Y Adolescente. Sede el tigre.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala del despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión Tigre, a los veinte (20) días del mes de octubre del año 2011.-

LA JUEZA,

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

LA SECRETARIA,

ABG. LIZONY PERDOMO CALDERON

En la misma fecha, se dictó y publico la anterior sentencia conste.-

LA SECRETARIA,

ABG. LIZONY PERDOMO CALDERON