REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintiséis de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2011-001150

ASUNTO: BP12-J-2011-001150
SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE (s): SANDRA VANESSA MARTÍNEZ CURRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.774.855, domiciliada en el sector Los Olivos, Calle Los Apamates, Casa Nº.347 San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui.
ABOGADO(a) ASISTENTE: MINEIDA RODRIGUEZ COA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº45.593;
NIÑOS,: (XXX).

Vista la solicitud presentada por la Ciudadana SANDRA VANESSA MARTÍNEZ CURRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.774.855, domiciliada en el sector Los Olivos, Calle Los Apamates, Casa Nº.347 San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, quien actúa por sus propios derechos y en representación de su hijo (XXX), asistida de la abogada MINEIDA RODRIGUEZ COA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº45.593; mediante la cual acude ante esta competente autoridad para solicitar se le declare a ella y su hijo (XXX) ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Difunto JOSE ANGEL GAMBOA, fallecido ab-intestato en fecha 18/09/2011, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-19.390.669.- Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO, habiéndose constatado la presencia de la solicitante y de los testigos aportados por las solicitantes, se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, acuerda, en consecuencia: PRIMERO: Se Declarar con Lugar la Solicitud planteada por la Ciudadana SANDRA VANESSA MARTÍNEZ CURRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.774.855, domiciliada en el sector Los Olivos, Calle Los Apamates, Casa Nº.347 San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, quien actúa en su propio nombre y en representación de su hijo (XXX), asistida de la abogada MINEIDA RODRIGUEZ COA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº45.593; SEGUNDO: Se DECRETA como HEREDEROS UNIVERSALES del Ciudadano JOSE ANGEL GAMBOA, fallecido ab-intestato en fecha 18/09/2011, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-19.390.669. a la Ciudadana SANDRA VANESSA MARTÍNEZ CURRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.774.855, domiciliada en el sector Los Olivos, Calle Los Apamates, Casa Nº.347 San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui y a su hijo (XXX), respectivamente, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se decide. Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre. El Tigre, a los veintiún (26) días del mes de Octubre del año dos mil Once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA


ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
LA SECRETARIA,

ABG. MARIANA LLAVANERAS BRICEÑO