REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintisiete de septiembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-001036
ASUNTO: BP12-S-2011-001036

Vista la solicitud presentada por las ciudadanas: ALEJANDRINA DEL VALLE CANELON FIGUEROA, ELBA ROMELIA CANELON FIGUEROA, JOSE GREGORIO CANELON FIGUEROA, MANUEL DE JESUS CANELON FIGUEROA, Y CARMEN RAMONA FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº 4.910.908, 8.472.501, 8.479.389,4.916.635, y 4.907.108, respectivamente, domiciliados en la Calle Octava Sur casa Nº 200, sector Pueblo Nuevo Sur, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistidos por la abogado MARLUIS RIVERO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.850, donde manifiestan se les conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en La Octava calle Sur Nº 20, sector Pueblo Nuevo Sur, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS,(953.56Mts).-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue del ciudadano Jesús Sosa, midiendo Sesenta y Cuatro metros con Cero seis Centímetros, (64.06Mts), SUR: Con la casa que es o fue de la ciudadana Damiana de Hernández, midiendo sesenta y Cuatro metros con Veintiocho Centímetros (64.28Mts),ESTE: Con la casa que es o fue de la ciudadana Belén de Ponce, midiendo Catorce metros con Noventa y tres centímetros (14.93Mts),OESTE: Con la Calle Octava Sur, midiendo Catorce metros con Setenta y nueve centímetros (14.79Mts).-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa de Cuatro (4) Habitaciones internas, Una (1) Sala-Comedor amplia, Una (1) Cocina, Un (1) Baño Un (1) Deposito, Un (1) Porche, Un (1) Lavandero, Un (1) Garaje, en la parte externa de la casa esta constituida por Cuatro (4) Habitaciones, Un (1) Baño, Seis (6) Habitaciones sin concluir, Un (1) Local Comercial, con techo de Zinc, piso de Cerámica, paredes de bloques de cemento, Ventanas y Puertas de Hierro.-En dicha construcción hemos invertido la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES(BSF.300.000,00),equivalente a VEINTIDOS MIL OCHOCIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS (22.800UT) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: JOSE ALBERTO BETANCOURT, Y ELYMAR REYES CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-10.065.556, V-15.375.193, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejercen los ciudadanos ALEJANDRINA DEL VALLE CANELON FIGUEROA, ELBA ROMELIA CANELON FIGUEROA, JOSE GREGORIO CANELON FIGUEROA, MANUEL DE JESUS CANELON FIGUEROA Y CARMEN RAMONA FIGUEROA, ya identificados, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA G,