REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintisiete de septiembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-001103
ASUNTO: BP12-S-2011-001103
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ROSA AURORA MACHADO RENGIFO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-11.844.881, debidamente asistida por el abogado Braniankis Ostango, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 144.084, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno propiedad municipal, con un area de construcción constante de ciento sesenta y dos metros cuadrados con ochenta centímetros (162,80 Mts²) ubicada en la Calle N° 06, casa N° 07 (10), Sector Las Vegas de la Ciudad de El Tigre Municipio Simón Rodriguez del Estado Anzoátegui, con los siguientes linderos; NORTE: con calle N° 06 que es su frente; SUR: con propiedad que es de la Sra. Matilde Vilera; ESTE: Con callejón s/n ni nombre; y OESTE: con propiedad de la Sra Zoyla Vero.- Las mencionadas bienhechurias se encuentran conformadas por una casa de tres (03) habitaciones, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, un (01) lavandero, dos (02) baños, cinco (05) habitaciones y un (01) patio interior, cercada totalmente en bloques de diez centímetros (10 cm.) y con portón de hierro.- construida en bases de concreto y cabilla, paredes de bloque, techo de zinc, platabanda, piso de cemento.- El valor invertido es la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 280.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: Maria Antonieta Bastidas de Rodriguez y Jesús Antonio Jiménez Almeida, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-16.630.139 y V-12.680.605, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: ROSA AURORA MACHADO RENGIFO, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LA JUEZ,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ