REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho (28) de septiembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-L-2011-000406
MONTO DE LA TRANSACCIÓN: Bs. 130.000,00

Vista la transacción, suscrita por el ciudadano PEDRO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. 16.388.340; debidamente asistido por la abogada JESSIKA MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 147.824; por una parte y por la otra la abogada YACARY GUZMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.447, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil, “ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTION COMPANY, S.A.”, ahora bien, las partes plenamente facultados solicitan se homologue la presente transacción, este tribunal visto que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y no es contraria a derecho; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, les imparte la Homologación correspondientes, otorgándoles el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, su Reglamento y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se da por terminada la presente causa. Así se decide. Así mismo, se acuerda expedir las copias solicitadas en dicha transacción.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Cúmplase.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Zaida López Brito.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 08:42 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Zaida López Brito.