REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho (28) de septiembre de dos mil once
201° y 152°

Acta de Audiencia (Desistimiento)
ASUNTO: BP02-L-2011-000540
DEMANDANTE: El ciudadano ALEMÀN BELTRÀN CARLOS JAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.257.798.
ABOGADA APODERADA DE LA ACTORA: La abogada MARY TRÌAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 147.751.
DEMANDADA: “MAQUINARIAS SUTHERLAND, C.A”.
ABOGADA ASISTENTE DE LA DEMANDADA: La abogada YELITZA CARABALLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 126.604.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÀS BENEFICIOS LABORALES.
Hoy, veintiocho (28) de septiembre de 2011, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÀS BENEFICIOS LABORALES; se deja expresa constancia de que solo comparece por la demandada “MAQUINARIAS SUTHERLAND, C.A”., hace acto de presencia la ciudadana ROSA MARTINEZ DE SUTHERLAND, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.257.798, en su condición de Presidenta de la demandada, debidamente asistida por la abogada en ejercicio YELITZA CARABALLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 126.604, la parte actora no comparece a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152° y 201°.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Zaida López Brito.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:28 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Zaida López Brito.