REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós (22) de septiembre de dos mil once (2011)
201º y 152º


ASUNTO: BP02-R-2011-000503
PARTE ACTORA: MARIANGEL ALDANA SAAVEDRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 16.535.421
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO LEOTA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo los Números 88.133.
PARTE DEMANDADA RECURRENTE: KOQUETAS`S V.I.P., C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 02 de junio de 2009, quedando anotada bajo el numero 30, tomo 16-A-, RM2DOETG.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA RECURRENTE: RODOLFO GUTIERREZ OLAVE y JORGE BARBOZA PEREZ, Abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 37.906 y 84.630, respectivamente.

MOTIVO: RECURSO DE APELACION EJERCIDO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA CONTRA LA SENTENCIA PUBLICADA EN FECHA 23 DE JUNIO DE 2011 POR EL TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, SEDE EN LA CIUDAD DE EL TIGRE.

En el día hábil de hoy, veintidós (22) de septiembre de 2011, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Argelis M Rodríguez A, el alguacil designado, al evidenciar el Tribunal la incomparecencia de la parte demandada recurrente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: 1) DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la sentencia publicada en fecha 23 de Junio de 2011, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede la ciudad de El Tigre y 2) se CONFIRMA la sentencia recurrido. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 702696, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano EULISES ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° 10.295.320. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se ordena la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.



El Alguacil



La Secretaria

Abg. Argelis M Rodríguez A