REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de septiembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO N°: BP02-L-2011-000781
Vista la diligencia de fecha veintidós (22) de septiembre de 2011, presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de esta ciudad de Barcelona del Estado Anzoátegui, suscrita por los ciudadanos CARLOS ARRIECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. 15.873.568, debidamente asistido por el abogado en ejercicio José Gabriel Galvis, inscrito en el Instituto Nacional de Previsión Social del Abogado bajo el N° 116.048, parte actora en la demanda que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO incoare contra la empresa ASCENSORES SCHINDLER DE VENEZUELA S.A, mediante la cual por las razones allí señaladas desiste del procedimiento incoado y solicita al Tribunal homologue el desistimiento.-
Al respecto, este Juzgado, visto el desistimiento del procedimiento planteado por la parte actora ciudadano Carlos Arrieche, supra identificado, en consecuencia, por no ser contrario a derecho lo solicitado, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento, otorgándole el carácter de cosa juzgada, conforme lo prevé el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil aplicable por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada, y sellada en la sala del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Barcelona, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil once (2011).-
La Jueza Temporal,
Abg. Eddy Estanga
El secretario temporal,
Abg. José Guarapana
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