REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 2 de abril de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2010-000381
ASUNTO : BP01-P-2010-000381

Visto el escrito presentado por el ciudadano WILMER ALEXANDER SARMIENTO, en su condición de imputado donde solicita a este Juzgado le sea Extendida las Presentaciones que fueron impuestas por este Juzgado en fecha 20 de Octubre de 2011, en razón ya que debido a su compromiso laboral ha presentado muchos inconvenientes, asimismo consigna Constancia de Trabajo; este Tribunal a los fines de decidir observa:

En fecha 20 de Octubre de 2011, al imputado WILMER ALEXANDER SARMIENTO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.526.855, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en Barcelona, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos: Wilfredo José Medina (V) y Elizabeth Sarmiento (V) residenciado en: Las Trincheras. Estado Anzoátegui, se le acordó la Medida Cautelar Sustitutiva, contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistiendo en presentación cada Ocho (08) días. Asimismo se evidencia de las revisiones efectuadas al Sistema JURIS 2000, que el imputado antes mencionado, ha cumplido cabalmente con el Régimen de Presentaciones impuestas, en tal sentido se observa del comportamiento del imputado que desde que se encuentra en libertad, ha cumplido con sus obligaciones, observándose con ello que ha querido someterse a la Persecución Penal, que se sigue en su contra, es por el cual estima conveniente este Juzgador acordar lo solicitado Parcialmente a los fines de garantizar su derecho al trabajo, en consecuencia extendiendo el Régimen de Presentaciones Periódicas, de cada Ocho (08) días a Quince (15) días, en aras de garantizar, el derecho al Trabajo consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Acuerda Extenderle el Lapso de Presentaciones del imputado WILMER ALEXANDER SARMIENTO, modificándolo de cada OCHO (08) DÍAS A QUINCE (15) DÍAS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese el oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle del presente pronunciamiento.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DR. NELSON A. MEJIAS RODRIGUEZ
LA SECRETARIA

ABG. ROSALBA MAZA