REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 20 de abril de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2012-001022
ASUNTO : BP01-P-2012-001022

EL TRIBUNAL SE RESERVA RESOLVER SOBRE LO PETICIONADO PARA LA CELEBRACIÓN DE LA INMEDIATA AUDIENCIA PRELIMINAR CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 330 NUMERAL 5 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL



Visto el escrito de fecha 18 de abril de 2011 donde los abogados en ejercicio de este domicilio ARTURO GONZÁLEZ y ARGENIS MEDINA, defensores privados de confianza del imputado CARLOS ALFREDO HERNÁNDEZ GAMBOA, todos suficientemente identificados en autos, peticionan al Tribunal, revisar y sustituirle la actual cautelar privativa de libertad que pesa sobre él por otra cautelar menos gravosa que le permita proseguir el proceso persecutorio en libertad, en aplicación del principio constitucional; “…por cuanto han variado los modos y circunstancias de los hechos punibles” (SIC); este Tribunal constata que la única variación que justifique nueva apreciación sobre los mismos es precisamente el Escrito de Acusación presentado temporáneamente por el Ministerio Público en fecha 13 de abril de 2012, donde, por una parte, solicita enjuiciamiento para dicho reo por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y por la otra, solicita al Tribunal mantener la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD EN CONTRA DE LOS IMPUTADOS CARLOS ALFREDO HERNÁNDEZ GAMBOA y LUÍS DANIEL ZAPATA CULPA; visto lo cual este Tribunal se pronuncia según se expresa ut supra, quedando notificados los solicitantes que la Audiencia Preliminar ha sido convocada para que tenga lugar el día 10 DE MAYO DE 2012 A LAS 09:45:00 A.M. Y ASÍ SE DECIDE. Notifíquese. Cúmplase.



EL JUEZ CUARTO DE CONTROL

DR. ALBERTO VALDEZ


EL SECRETARIO

ABOG. MANUEL MEDINA