REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 24 de Abril de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2012-002299
ASUNTO : BP01-P-2012-002299

Visto el escrito presentado por el DR. LUIS FERNANDO PALMARES RIVAS, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano FERNANDO RAFAEL FRANCO, titular de la cédula de identidad Nº 24.828.954, ALIAS (EL NIÑO) por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVO FUTIL Y ALEVOSIA, y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 406 Ordinal 1º y 286 del Código Penal, cometido en perjuicio de LUIS RAFAEL CONTRERAS, (occiso) en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Guardia de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:

I
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

Iniciada la investigación, se lograron recabar los siguientes elementos que a continuación se mencionan:

TRANSCRIPCION DE NOVEDADES de fecha 28 de Enero de 2012

ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 28-01-2012, suscrita por el funcionario Agente GRACIANO GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona.

INSPECCIÓN TECNICA POLICIAL, de fecha 28-01-12, se constituyo una comisión integrada por los funcionarios TENIAS YORMARIS y GRACIANO GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona en la siguiente dirección: SECTOR EL MURO LOS MONTONES, HABITACION RURAL S/N, BARCELONA

INSPECCIÓN TECNICA POLICIAL, de fecha 28-01-12, se constituyo una comisión integrada por los funcionarios TENIAS YORMARIS y GRACIANO GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona, en la Morgue del Hospital Luis Razetti de Barcelona

ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 28/01/2012, tomada al ciudadano JEAN CARLOS HERNNADEZ GARCIA.

EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 103, de fecha 28/01/2012, suscrita por el funcionario TENIAS YORMARIS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona.

ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/01/2012, tomada a la ciudadana DILIA MARGARITA GARCIA.

ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/01/2012, tomada al ciudadano JOEL JESUS RAMIREZ BALCENAS.

ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/01/2012, tomada al ciudadano JOSE LUIS MISEL LOPEZ.

ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/01/2012, tomada al ciudadano JOSE GREGORIO OTAMENDYS MOGOLLON.

ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 07-02-2012, tomada a la ciudadana FABIOLA JOSEFINA FRANCECHI HERNNADEZ.

PROTOCOLO DE AUTOPSIA, practicada por la medico YOLANDA MORA DE TOVAR anatomopatólogo forense, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona.

EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 973 suscrita por el funcionario AGENTE FRANK GUTIERREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona.

ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 20-03-2012, suscrita por el funcionario Agente GRACIANO GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barcelona.
ACTA DE DEFUNSION de fecha 30-01-12, expedida por la Prefectura del Municipio Simon Bolívar, de quien en vida se llamara LUIS RAFAEL CONTRERAS GARCIA
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano FERNANDO RAFAEL FRANCO, titular de la cédula de identidad Nº 24.828.954, ALIAS (EL NIÑO) por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVO FUTIL Y ALEVOSIA, y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 406 Ordinal 1º y 286 del Código Penal, cometido en perjuicio de LUIS RAFAEL CONTRERAS, (occiso), y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del mismo. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano FERNANDO RAFAEL FRANCO, titular de la cédula de identidad Nº 24.828.954, ALIAS (EL NIÑO), natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22-02-93, de 19 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en CALLE EL MURO, CASA S/N, TIPO RANCHO, SECTOR LOS MONTONES, BARCELONA, ESTADO ANZOATEGUI. por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVO FUTIL Y ALEVOSIA, y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 406 Ordinal 1º y 286 del Código Penal, cometido en perjuicio de LUIS RAFAEL CONTRERAS, (occiso), de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practique la captura del referido ciudadano y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirá dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 04 DE GUARDIA,

DR. ALBERTO VALDEZ
EL SECRETARIO DE GUARDIA,

ABOG. WILLIAMS GUZMAN