REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 25 de Abril de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2012-002307
ASUNTO : BP01-P-2012-002307
Visto el escrito presentado por el DR. HARRISON GONZALEZ GARCIA, actuando con el carácter de Fiscal 1º del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDEN DE APREHENSION en contra de los ciudadanos JORGE LUIS DIAZ MARIN, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario policial, titular de la cédula de identidad Nº 25.061.489, residenciado en la calle principal casa S/N, Barrio El Esfuerzo II, Barcelona, CARLOS ENRIQUE FIGUERA RIVERA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 19.013.863, Sin Residencia Fija, Barcelona y AMILCAR JOSE RIVERO GONZALEZ, venezolano, natural de Barcelona, de 22 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad Nº 24.231.414, residenciado en la misma, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 405 Y 406, numeral 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de JAVIER FRANCISCO GONZALEZ HERNANDEZ (OCCISO), en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:
I
LOS HECHOS
El día 11 de Septiembre de 2011, la victima de autos; JAVIER FRANCISCO GONZALEZ HERNANDEZ (OCCISO), se encontraba en compañía de otras personas en una celebración que se estaba realizando frente a la vereda Nº 70 del sector II, Boyacá III, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, momento en el cual de manera violenta de apersonaron en el lugar los ciudadanos investigados: JORGE LUIS DIAZ MARIN, CARLOS ENRIQUE FIGUERA RIVERA Y AMILCAR JOSE RIVAS GONZALEZ, quienes desenfundaron sus armas de fuego, profiriendo amenazas a todas las personas que se encontraban presentes en el lugar con el objeto de constreñirlas, optando por accionarlas en contra de la humanidad del hoy occiso, causándole la muerte de manera inmediata, posteriormente dichos sujetos se dieron a la fuga.
II
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN
Iniciada la investigación, se lograron recabar los siguientes elementos que a continuación se mencionan:
DENUNCIA, de fecha 10-09-2011, suscrita por el funcionario OSWALDO ANTONIO GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 09-09-2010, suscrita por los funcionarios AGENTES JESUS GONZALEZ, DANINSON GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona, el FUNCIONARIO DISTINGUIDO VENNI SANCHEZ, perteneciente a la Policía del Estado Anzoátegui.
INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 2895, de fecha 10-03-2011, suscrita por los funcionarios AGENTES JESUS GONZALEZ y DANINSON GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 2896,, de fecha 10-09-2011, suscrita por los funcionarios AGENTES JESUS GONZALEZ y DANINSON GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23-09-2011, tomada al ciudadano GONZALEZ HERNANDEZ DANIEL RAFAEL.
INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 1703, de fecha 23-09-2011 suscrita por los funcionarios AGENTES DANINSON GONZALEZ Y JESUS GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17-11-2011, suscrita por los funcionarios OSWALDO ANTONIO GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
REGISTRO DE DEFUNCION Nº 1849089-2011 de fecha 13-09-2011 Suscrita por el registro civil del Municipio Simon Bolívar, Parroquia El Carmen del Estado Anzoátegui, del fallecido: GONZALEZ HERNANDEZ JAVIER FRANCISCO, venezolano de 26 años de edad, nacido en fecha: 13/05/1985, residenciado en la vereda 68, casa nº 30, sector Boyacá III, Barcelona, Señalando como causa de la muerte: Fractura de Cráneo, Traumatismo Craneoencefálico, herida por arma de fuego.
CRTIFICADO DE DEFUNCION: de fecha 09-09-2011 suscrito por el medico anatomopatólogo forense DRA. YOLANDA MORA DE TOVAR, adscrita al adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA PENAL I: de fecha 10-01-2012 suscrito por el funcionario AGENTE, GRACIANO GONZALEZ, credencial nº 31.729, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA PENAL II: de fecha 12-01-2012 suscrito por el funcionario AGENTE, GRACIANO GONZALEZ, credencial nº 31.729, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA I: de fecha 16/01/2012, suscrito por el suscrito por la ciudadana KINDRIS DEL VALLE RUBIO ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA II: de fecha 19/01/2012, suscrito por el suscrito por la ciudadana KATERINE DEL VALLE ZARAGOZA RUBIO ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA III: de fecha 19/01/2012, suscrito por el suscrito por la ciudadana KARINA DEL CARMEN PAREJO ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
PROTOCOLO DE AUTOPSIA: de fecha 09/09/2011, Registrada bajo el Nº 097-139/584/2011, suscrito por el medico anatomopatólogo forense DRA. YOLANDA MORA DE TOVAR, adscrita al adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
ACTA DE ENTREVISTA PENAL: de fecha 20/01/2012, suscrita por el funcionario AGENTE, GRACIANO GONZALEZ credencial Nº 31.729 adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barcelona.
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que los ciudadanos JORGE LUIS DIAZ MARIN, CARLOS ENRIQUE FIGUERA RIVERA Y AMILCAR JOSE RIVAS GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 405 Y 406, numeral 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de JAVIER FRANCISCO GONZALEZ HERNANDEZ (OCCISO), y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra de los mismos. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuatro de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano en contra de los ciudadanos JORGE LUIS DIAZ MARIN, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario policial, titular de la cédula de identidad Nº 25.061.489, residenciado en la calle principal casa S/N, Barrio El Esfuerzo II, Barcelona, CARLOS ENRIQUE FIGUERA RIVERA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 19.013.863, Sin Residencia Fija, Barcelona y AMILCAR JOSE RIVERO GONZALEZ, venezolano, natural de Barcelona, de 22 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad Nº 24.231.414, residenciado en la misma, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 405 Y 406, numeral 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de JAVIER FRANCISCO GONZALEZ HERNANDEZ (OCCISO), a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR DE CONTROL Nº 04 DE GUARDIA,
DR. ALBERTO VALDEZ
EL SECRETARIO,
ABOG. WILLIANS GUZMAN
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