REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 11 de abril de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2011-001705
ASUNTO : BP01-P-2011-001705

Visto el escrito presentado por el DR. LUIS FERNANDO PALMARES RIVAS, actuando en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual solicita sea DECRETADA ORDEN DE APREHENSION, para el ciudadano JULIO CESAR GOMEZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.632.369, de 19 años de edad, de estado civil soltero, nacido en fecha 28-03-1991, residenciado en la cale Morillo, Casa Nº 03, Sector El Mirador del Eneal, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMIDICIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio de MOISES JESUS RONDON GUEVARA, este Tribunal del Control Nº 06, los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:


LOS HECHOS

E fecha 27 de febrero del año 2011, en las adyacencias del sector las casitas de Naricual, se acercaron los funcionarios INSPECTOR (IAPANZ) RICARDO MENDOZA, adscrito al Centro de Coordinación Policial Barcelona, INSPECTOR (IANPANZ) ALEX SILVA, WILFREDO MACUARE y AGENTE SIMON RODRIGUEZ, siendo aproximadamente las ocho horas de la noche posterior a haber recibido llamas de la central de radio del centro de Coordinación policial de Barcelona, en las cuales les giraron instrucciones a los fines se acercaran al sitio antes mencionado y verificaran una información sobre la retención de un ciudadano por parte de un grupo de personas presentes en la calle principal del sector las casitas del nevera del precitado barrio, avistaron a un grupo de personas quienes les hicieron llamado al momento de verificar la información, dichas personas no quisieron identificarse, alegando temor a represalias y acto seguido les hicieron entrega de un ciudadano relacionándolo con el conductor de un vehiculo moto, el cual se dio a la fuga, un sujeto apodado “el julio” en el sitio pudieron avistar el cuerpo sin vida de un ciudadano el cual quedo identificado como RONDON GUEVARA MOISES JESUS, al sitio se acerco una ciudadana quien se identifico como hermana del mismo y les manifestó a los funcionarios que a su hermano le dieron muertes dos personas, una de ella quedo identificada como JULIO CESAR BARRIOS, ya que el mismo habían sido vistos a bordo de la moto antes descrita la cual habían dejado abandonada en el sitio del suceso, los funcionarios del Centro de Coordinación Policial Nº 2 entregaron la moto a los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona


DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN
1.- ACTA POLICIAL, de fecha 22-02-2011, suscrita por el funcionario INSPECTOR (IAPANZ) RICARDO MENDOZA, adscrito al Centro de Coordinación Policial Barcelona.

2.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 02 de febrero de 2011, tomada a la ciudadana LUZ MARY RONDON GUEVARA.

3.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 26-02-2011, suscrita por el funcionario Agente JESUS GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

4.- INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 611, de fecha 26 de febrero de 2011, suscrita por los funcionarios AGENTE LUIS FIGUERA y JESUS GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.


5.- INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 612, de fecha 26 de febrero de 2011, suscrita por los funcionarios AGENTE LUIS FIGUERA y JESUS GONZALEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

6.- INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 614, de fecha 26 de febrero de 2011, suscrita por el funcionario LUIS GALEA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

7.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 26 de febrero de 2011, tomada a la ciudadana LUZMARY DEL CARMEN RONDON GUEVARA.

8.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 127 de fecha 26 de febrero de 2011, suscrita por el funcionario AGENTE LUIS GALEA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

9.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 127 de fecha 26 de febrero de 2011, suscrita por el funcionario AGENTE LUIS GALEA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

10.- ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 27-02-2011, suscrita por el funcionario Agente GRACIANO GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

11.- INFORME PERICIAL Nº 198-11 de fecha 01-03-2011, suscrito por el funcionario EXPERTO TECNICO I EDMARI ITRIAGO, adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, con sede en la ciudad de Barcelona.

12.- INFORME PERICIAL Nº 199-11 de fecha 01-03-2011, suscrito por el funcionario EXPERTO TECNICO I EDMARI ITRIAGO, adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, con sede en la ciudad de Barcelona.

13.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 134-11 de fecha 27-02-2011, suscrito por la Dra. YOLANDA MORA DE TOVAR, quien deja constancia de la autopsia practicada al cadáver a el hoy occiso RONDON MOISES JESUS.

14.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 215 de fecha 28 de marzo de 2011, suscrita por el funcionario ANSONY CASTELLANOS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona..

15.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 29-03-2011, suscrita por el funcionario Agente GRACIANO GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

16.- CERTIFICADO DE DEFUNCION EV-14, en el cual certifican la defunción de RONDON GUEVARA MOISES JESUS.

17.- TRAYECTORIA BALISTICAS Nº 192-278, suscrita por el funcionario LUIS DECENA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-delegación Barcelona.

Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano JULIO CESAR GOMEZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.632.369, de 19 años de edad, de estado civil soltero, nacido en fecha 28-03-1991, residenciado en la cale Morillo, Casa Nº 03, Sector El Mirador del Eneal, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMIDICIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio de MOISES JESUS RONDON GUEVARA, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra de los mismos. Y ASÍ SE DECIDE.


DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano JULIO CESAR GOMEZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.632.369, de 19 años de edad, de estado civil soltero, nacido en fecha 28-03-1991, residenciado en la cale Morillo, Casa Nº 03, Sector El Mirador del Eneal, Barcelona, Estado Anzoátegui, por el delito de HOMIDICIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio de MOISES JESUS RONDON GUEVARA, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de Aprehensión y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la cruz, con el objeto de que practiquen la Aprehensión de los referidos ciudadanos y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la Aprehensión de los mismos, se servirán dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR DE CONTROL Nº 06,

DR. JORGE LUIS GAVIRIA LINARES
EL SECRETARIO,

ABG. LUIS PEREZ