REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI,
SEDE BARCELONA
TRIBUNAL SEXTO EN FUNCIONES DE CONTROL

Barcelona, 20 de Abril de 2012
201° y 153°

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2010-003738
JUEZ: DR. JORGE LUIS GAVIRIA LINARES
FISCAL: 1° DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. HARRINSON GONZALEZ
IMPUTADO: HECTOR LUIS MARTINEZ
VICTIMA: RONNY ANTONIO RODRIGUEZ GUANARE
DEFENSA PÚBLICA: ABOGADA YASMINE AVILA MIRABAL
SECRETARIA: MARYCARMEN MAITA
DELITO: LESIONES PERSONALES DEL TIPO LEGAL BASICO, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano.

Revisadas y analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa y vista la solicitud planteada por la Defensora Publica Primera Penal, Dra. YASMINE AVILA MIRABAL, del imputado: HECTOR LUIS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.127.263.

Ahora bien, visto que del cuerpo vivo del expediente se desprende que el precitado imputado ha cumplido cabalmente y puntualmente con la medida impuesta por éste Juzgado de presentación cada TREINTA (30) días, es por ello que de conformidad con el artículo 264 Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, SE ACUERDA, otorgarle al imputado: HECTOR LUIS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.127.263, la Extensión de sus Presentaciones cada CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, por ante la Coordinación de la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, y en consecuencia se acuerda mantener dicha medida, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Barcelona y Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad en lo establecido con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, declara CON LUGAR, la Extensión de sus presentaciones cada CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, y en consecuencia acuerda mantener dicha medida, ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
EL JUEZ TITULAR DE CONTROL Nº 06,
DR. JORGE LUIS GAVIRIA LINARES
LA SECRETARIA,
ABG. MARYCARMEN MAITA
Resolución
Extensión de Presentaciones
Asunto: BP01-P-2010-003738
Fecha: 20/04/2012
JLGL/jlgl/raquel.-