REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Sección Adolescente
Barcelona, 11 de Abril de 2012
201º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2008-000154
ASUNTO : BP01-D-2008-000154



Por cuanto en fecha 09/04/2012, el Dr. Manuel Hernández Natera, tomo posesión de Tribunal de Tribunal de Juicio Sección Adolescente, en virtud de la rotación de los Jueces de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; en consecuencia se aboca al conocimiento de la presente causa y revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto relacionado con el acusado IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 424 del Código Penal, en agravio de MIGUEL ANTONIO MUNDARAY BRITO, de conformidad con el articulo 588 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el tribunal previamente observa:

En fecha 05 de Marzo de 2012 se dio inicio al juicio oral y reservado contra del mentado acusado con la intervención de las partes, no obstante fue suspendido por la incomparecencia de los expertos y testigos., conforme lo indicado en el articulo 335.2 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, fijando nueva oportunidad para el 14 de Marzo del año que discurre.

En fecha 14 de Marzo de 2012, no hubo audiencia en este Tribunal de Juicio Sección adolescente de este Circuito Judicial Penal el cual se encontraba a cargo de la DRA. LIBIA ROSAS MORENO, en virtud del caos vehicular y peatonal suscitado en las inmediaciones de Barcelona-Puerto La Cruz, por efecto de una protesta de transporte quienes cerraron las vías principales así como el acceso a la vía Judicial, impidiendo la presencia de funcionarios y asistencia de publico en los distintos actos fijados por este Tribunal, es por lo que se ACUERDA suspender el Juicio Oral y Reservado en la causa seguida en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 424 del Código Penal, en agravio de MIGUEL ANTONIO MUNDARAY BRITO para el día Jueves 22 de Marzo de 2012 a la 01:00 PM.

En fecha 22 de Marzo de 2012 fueron incorporadas las pruebas documentales conforme al artículo 597 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y se acuerda suspender el Juicio oral y reservado para el día Lunes 26 de Marzo de 2012, oportunidad en la que NO comparecieron los expertos y testigos y se fijo nueva oportunidad para su continuación fijando como fecha el 28 de Marzo de 2012, en esa oportunidad fue suspendido fijandose nueva oportunidad para el día 02 de Abril de 2012, fueron evacuados medios de prueba, acordándose suspender el juicio para el día Martes 10 de Abril de 2012.

Ahora bien, por cuanto en dia Lunes 09 de Abril de 2012 tuvo lugar la rotación de los jueces conforme circular de fecha 03-04-2012 emanada de la Presidencia del Circuito Penal de este Estado; resulta en consecuencia de indefectible consideración por este Tribunal el contenido del artículo 589 de la Ley Orgànica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que prevè lo siguiente: “

“El Juicio Oral se realizará con la presencia ininterrumpida del Juez o Jueza que integren el Tribunal, y del o de la Fiscal del Ministerio Publico, so pena de nulidad”. Razón por la cual considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es declarar la interrupción del presente juicio oral y reservado iniciado en contra del mentado acusado debiendo realizarse de nuevo y es por ello que, ordena la nueva realización del juicio, para el día 04 de Mayo de 2012 a las 11:00 AM en consecuencia notifíquese a las partes de lo aquí decidido y así se decide.
DISPOSITIVA

En razón de las consideraciones expuestas, este Tribunal De Primera Instancia en Funciones De Juicio Sección De Adolescentes Del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA INTERRUPCIÓN de juicio oral y reservado en la causa seguida al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 424 del Código Penal, en agravio de MIGUEL ANTONIO MUNDARAY BRITO, debiendo realizarse de nuevo y ordena la nueva realización del juicio , para el día 04 de Mayo de 2012 a las 11:00 AM en consecuencia notifíquese a las partes de lo aquí decidido y así se decide. Cúmplase
EL JUEZ DE JUICIO SECCION ADOLESCENTE

DR. MANUEL HERNANDEZ NATERA

LA SECRETARIA
ABG. MAURA FLANNERY