REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Sección Adolescente
Barcelona, 26 de Abril de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2012-000194
ASUNTO : BP01-D-2012-000194
AUTO CONVOCANDO AL SORTEO DE SELECCIÓN DE ESCABINOS
En fecha 23 de Abril de 2012 se recibieron las presentes actuaciones, contentiva de Una (01) pieza, constante de una pieza con (108) folios útiles, proveniente del Tribunal de Control Nº 01, Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal , de cuya revisión y análisis el Tribunal observa:
En fecha 23 de Abril de 2012, se llevó a cabo la celebración de la Audiencia Preliminar mediante el cual ordenó el Enjuiciamiento del adolescente IDENTIDAD OMITIDA por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el Articulo 458 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal Venezolano, en relación con el articulo 83 Ejusdem, en agravio de las Ciudadanas ADAMELYS MARQUEZ GONZALEZ y OLIVIA MARIAMA, solicitando como sanción la LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) años.
En ese orden de ideas cabe señalar que el artículo 585 de la Ley orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente dispone que dentro de los cinco días siguientes a la recepción de las actuaciones, el Presidente de la Sección de Adolescente, del Tribunal Penal fijará la fecha de la celebración del juicio oral, el cual ha de celebrarse no antes de los Diez días ni después de los veinte días siguientes al auto de fijación, debiendo indicar el nombre de los jueces que han de integrar el tribunal y ordenar la citación a la audiencia de todos aquellos obligados a concurrir.
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley fija la celebración del juicio oral y reservado en el presente asunto que se sigue en contra el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el Articulo 458 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal Venezolano, en relación con el articulo 83 Ejusdem, en agravio de las Ciudadanas ADAMELYS MARQUEZ GONZALEZ y OLIVIA MARIAMA, el día JUEVES 17 DE MAYO A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 585 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente en relación con los artículos 149 y 163 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO, SECCIÓN DE ADOLESCENTES
DR. MANUEL HERNANDEZ NATERA
LA SECRETARIA
ABOG. MAURA FLANNERY