REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de abril de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO Nº BP02-V-2010-001092

Vista la diligencia que antecede, de fecha 12 de Abril del 2.012, suscrita por el Abogado JOSÉ GETULIO SALAVERRÍA, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 2.104, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, mediante el cual procede a desistir del procedimiento de Ejecución de Hipoteca que ha incoado la Entidad Bancaria MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliada en Caracas e inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 03 e Abril de 1.925, bajo el Nº 123, cuyos actuales Estatutos Sociales modificados y refundidos en un solo texto, constan de asiento inscrito ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del distrito Capital y estado Miranda, en fecha 06 de Agosto del 2.008, bajo el Nº 13, Tomo 121-A, en contra de la ciudadana ALIDA PATRICIA RODRÍGUEZ ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.292.793 y domiciliado en Barcelona, Estado Anzoátegui; este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones por ellos expresados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena la devolución de los originales cursantes a los folios 15 al 35 del presente Expediente, previa su certificación en autos. Se da por terminado el presente juicio. Archívese el Expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,

Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,

Judith Milena Moreno Sabino


En esta misma fecha, no se dio