REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diez de abril de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000458
ASUNTO: BP12-S-2010-000458
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)
MOTIVO: SOLICITUD DE COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTO
SOLICITANTE: JUAN LUIS BARRIOS PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.008.727, asistido por la abogada MARIA PAEZ DE BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.624.-
Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la presente Solicitud, desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año (1), sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- En la ciudad de El Tigre, a los diez (10) días del mes de abril del año 2012.- Años 201° de la Federación y 153° de la Independencia.-
La Juez,
Abg. Arelis Morillo Sánchez
La Secretaria,
Abg. Flor Yesenia Cuesta González.-
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