REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, dos de abril de dos mil doce
201º y 153º

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)
● JUICIO: CIVIL
● MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA)

DEMANDANTE: ARCADIO JOSE VERACIERTA MARQUEZ
Representado por las abogados ROSA PAREJO
Y CAROL FREITES.-inscritas en el inpreabogado
Bajo el N° 132.194 y137.922.-

DEMANDADO: BORIS HERNANDEZ . Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula
Titular de la Cédula de Identidad N° 12.016.350


● APODERADO: NO CONSTITUYO

Por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente causa, observa esta Juzgadora que en el presente juicio, desde el último acto practicado hasta la presente fecha ha transcurrido más de Seis (6) Meses sin que ninguna de las partes haya instado procedimiento alguno; se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 ordinal 3° y 269 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara.-
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la PERENCIÓN EN LA PRESENTE CAUSA.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los dos (02) días del mes de Abril del año Dos Mil doce. Años: 201º de la Independencia y 153º de la Federación.

LA JUEZ,


Abg. Arelis Morillo Sánchez
Suplente Especial.-


LA SECRETARIA,


Abg. FLOR YESENIA CUESTA G