REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de abril de dos mil doce
201º y 153º
SENTENCIA
ASUNTO: BP02-L-2011-001070
PARTE ACTORA: ALEXIS RAFAEL AGUILARTE GOMEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Los abogados SANDINO DUARTE y YOLIMAR MAITA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos. 106.378 y 100.215 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: CUSTODIOS PROFESIONALES C.A (CUSTUPROCA).
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: el abogado MOUNIR WAKIL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 14.167
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, once (11) de Abril del 2012, siendo las dos y treinta (02:30 a.m.) de la tarde, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la misma. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la presencia de la parte demandada, a travès de su apoderado judicial, el abogado MOUNIR WAKIL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 14.167 .PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 201°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
El apoderado de la demandada.
La Secretaria
Abg. Argelis Rodriguez Agreda.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 2:45 p.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Argelis Rodriguez Agreda.
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