ACTA

N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2012-000076
PARTE ACTORA: ALEXANDER DE LA CRUZ AVILA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDO
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA J.C.M.R., C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REGULO NAAR.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy nueve de abril de dos mil doce, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiere el ciudadano ALEXANDER DE LA CRUZ AVILA, en contra de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA J.C.M.R., C.A., se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, aun cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley entre las partes, solo compareciendo el Abogado en ejercicio REGULO NAAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.1.736.501, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.7.503, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA J.C.M.R., C.A., representación que se evidencia de instrumento Poder el cual consigna en este acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 201 °.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,

Abg. Argelis Rodríguez.
El compareciente,



Seguidamente y en esta fecha, siendo las 9:04, se publico la anterior resolución. Conste:

La Secretaria,
MJCG/AR.-