° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2012-000040
PARTE ACTORA: FLAVIO ITRIAGO,
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abg JOSE F. MORALES
DEMANDADA: VENEZOLANA DE SEGURIDAD BM, C.A.,
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADA: Abg. RICHARD JOSE ROJAS H.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)

Siendo las 11:00 a.m. del día hábil de hoy, 11 de abril de 2012, la oportunidad previamente fijada para la instalación de la audiencia preliminar en la demanda que por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, intentó el ciudadano FLAVIO ITRIAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-5.471.145; en contra de la empresa VENEZOLANA DE SEGURIDAD BM, C.A. Se deja constancia únicamente de la comparecencia de la demandada la sociedad mercantil VENEZOLANA DE SEGURIDAD BM, C.A.; comparece el abogado en ejercicio RICHARD JOSE ROJAS H., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 93.344; de igual forma, se deja constancia que el actor no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno; a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 11:00 a.m., por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide tres (3) ejemplares adicionales a la parte compareciente. Año 201 º y 152º.
La Jueza Provisoria,


Abg. MARINES SULBARAN MILLAN


La Secretaria,
Por la demandada,

Abg. MARYEDITH A. HERNANDEZ CAMPOS

En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 11:20 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste. La Secretaria,.


CSDTPyVV
MSM/EYNG/msm
BP12-L-2012-000040