REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Estado Anzoátegui
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 9 de Abril de 2012
201º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2011-000926
ASUNTO : BP01-S-2011-000926

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentado por ante este Tribunal de Control Audiencia y Medidas Nº 2, interpuesta por la Abogada; YAMARILIS YAGUARAMAY CARBAJAL, en su carácter de Fiscal Principal Vigésima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a favor del ciudadano; SIMON RAFAEL YAGUA, conforme al artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito de; AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo; 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos al referido imputado de autos. Teniendo como Número de causa de la Fiscalía F24-047-11

Analizada como ha sido por este Tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho de la representación fiscal a favor del ciudadano; SIMON RAFAEL YAGUA, fundamentada en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, sin necesidad de convocar audiencia a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Audiencia y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano; SIMON RAFAEL YAGUA, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes, a los Organismos Policiales (SIIPOL) a los fines de que sea borrado del referido sistema, así como Alguacilazgo a los fines de dejar constancia del cese de las presentaciones impuestas en la Audiencia de Presentación.
EL JUEZ DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 2


Abg. LUIS MANUEL MANEIRO
SECRETARIA,


Abg. YULIMAR JIMENEZ