REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 10 de agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2012-005477
ASUNTO : BP01-P-2012-005477

Visto el escrito presentado por el DR. PEDRO BASTARDO, en su condición de Fiscal Noveno del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control Nº 02, al imputado KELY JOSE SOTILLO, quien fue capturado en las circunstancias de tiempo, modo y lugar a que se refiere el Acta Policial de fecha 09/08/2012, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, solicito MEDIDA CAUTELARES SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 256, del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo solicito se acuerde el Procedimiento a seguir el ORDINARIO de conformidad con el artículo 373 Eiusdem. Es todo”. Y oído como fue el imputado en la audiencia de presentación celebrada a estos fines, en la sede este Tribunal, y debidamente asistidos por el Defensa Publico DRA. HERMINIA ALEMAN, este Tribunal Segundo de Control, en funciones de Guardia, antes de decidir lo solicitado por la Representación Fiscal, observa: PRIMERO: Oído lo expuesto por las partes, se decreta la aprehensión del imputado KELY JOSE SOTILLO, como FLAGRANTE y como procedimiento a seguirse el ORDINARIO, conforme a lo establecido en los artículos 373 y 248 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Cursa al folio 3 de la presente causa, ACTA POLICIAL de fecha 09-08-2012, suscrita por el funcionario JORGE RAMON PARAQUEIMO, modo y tiempo en que fueron aprehendidos los ciudadanos KELY JOSE SOTILLO, cursa al folio cinco CADENA CUTODIA de fecha 09-08-2012, cursa al folio 07 ACTA DE INPECCION DE DROGA, modo y tiempo en que fue aprehendido el ciudadano KELY JOSE SOTILLO.

TERCERO: De la revisión de las actas que conforman la presente causa, estamos en presencia de un hecho punible éste que no merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, considera este Juzgado que lo procedente en este caso es DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTITA DE LIBERTAD, de conformidad a lo dispuesto en el artículos 256, ordinales 3° y 6º del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado KELY JOSE SOTILLO, que consisten en Presentaciones cada TREINTA (30) DÍAS, por ante la Oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial penal cada quince días; y 2.- Prohibición de concurrir a lugares donde se presuma el expendio o venta de sustancias estupefacientes. Líbrese el respectivo oficio al organismo policial aprehensor.

CUARTO: Se acuerdan las copias solicitadas por las partes, por no ser contrarias a derecho. Quedan las partes presentes en este acto, debidamente notificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECLARA.

D I S P O S I T I V A

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTITA DE LIBERTAD, de conformidad a lo dispuesto en el artículos 256, ordinales 3° y 6º del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado KELLY JOSE SOTILLO, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 22.570042, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 21-09-84, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos LUZ SOTILLO, residenciado en barrio el amparo vereda 3 casa S/N, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas. El Procedimiento a seguir es el Ordinario. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 01,

DRA. ESNERLAIDA REYES
LA SECRETARIA DE SALA,

ABOG. JENNIFER GOMEZ



5:57 PM




Hora de emisión: 5:57 PM

Número de Boleta: