REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Nº 03 de Barcelona, Estado Anzoátegui,

Barcelona, 07 de Agosto de 2012
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2010-005418
COMPULSA ACUMULADA: BJ01-P-2011-000009.-

Revisada la presente causa en todo su contenido, tanto física y a través del Sistema Juris 2000, así como los datos de identificación del acusado KERVIS JOSE GUAICAMACUTO VALDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.675.460, este Tribunal pudo observar lo siguiente:

La presente compulsa fue creada a raíz de ordenarse la División de Continencia de la causa Penal BP01-P-2010-005418, la cual al ser revisada en todo su contenido, fue remitida a este Tribunal de Juicio Nº 03, contiene las siguientes actuaciones:

En fecha 19-10-2.010, el Juzgado de Control Nº 07, de éste Circuito Judicial Penal, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra
de los ciudadanos REINALDO RAFAEL GONZALEZ VALDEZ y KERVIS JOSE GUAICAMACUTO VALDEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Articulo 406 Ordinal 1º en concordancia con el Articulo 83 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO ANTONIO BARRIOS SALAZAR (Occiso), todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.-

En fecha 19-11-2010, se ponen a disposición del Tribunal de Control el ciudadano REINALDO RAFAEL GONZALEZ VALDEZ, celebrándose la audiencia de presentación y se le decretó la medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad a.-

En fecha 23-12-2010, fue presentada la acusación por la fiscalía por la presunta comisión del tipo penal antes citado.-

En fecha 25-02-2011, se celebra la audiencia preliminar en la causa principal Nº BP01-P-2010-005418, donde se ordenó el enjuiciamiento del acusado REINALDO RAFAEL GONZALEZ VALDEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Articulo 406 Ordinal 1º en concordancia con el Articulo 83 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO ANTONIO BARRIOS SALAZAR (Occiso), y con respecto al acusado KERVIS JOSE GUAICAMACUTO VALDEZ, se ordena compulsar la causa.-

En fecha 18-03-2011, es recibida la presente causa este Tribunal donde se fijó el Sorteo Ordinario para la selección de escabinos, el cual se difirió en varias oportunidades, se celebró y se fijó la constitución, siendo que se asumió el Control jurisdiccional en fecha 23-01-212, fijándose el juicio oral y publico, encontrándose la causa principal en ese estado .-

En fecha 10-02-2012, se recibió ante este Tribunal la compulsa Nº BJ01-P-2011-000009, seguida contra el acusado KERVIS JOSE GUAICAMACUTO VALDEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el Articulo 406 Ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO ANTONIO BARRIOS SALAZAR (Occiso), siendo que fijado el sorteo este se realizó y fijado la constitución del Tribunal mixto, este se difirió en varias oportunidades, hasta que en fecha 05-06-2012, se asumió el Control Jurisdiccional y se fijó el juicio.-

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Esbozado toda la trascripción anterior de los actos cumplidos en la presente causa, del la revisión del sistema juris 2000, se desprende que tanto la causa principal BP01-P-2008-005418, como la compulsa Nº BJ01-P-2011-000009, aunque se refieren a acusados distintos, a los mismos, se les atribuyen los mismos hechos, en grados de participación distintos, para REINALDO RAFAEL GONZALEZ VALDEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Articulo 406 Ordinal 1º en concordancia con el Articulo 83 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO ANTONIO BARRIOS SALAZAR (Occiso), y para KERVIS JOSE GUAICAMACUTO VALDEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el Articulo 406 Ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO ANTONIO BARRIOS SALAZAR (Occiso).-

Ahora bien, habiéndose determinado el estado actual de las causas seguidas a los mencionados acusados, las cuales se encuentran para la celebración del acto de Juicio Oral con tribunal Unipersonal, es por lo que este Tribunal, tomando en cuenta el derecho de los acusados REINALDO RAFAEL GONZALEZ VALDEZ y KERVIS JOSE GUAICAMACUTO VALDEZ, a que no se le sigan diversos procesos siendo los hechos los mismos, conforme a lo previsto en el artículo 73, del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual a tenor de lo previsto en el artículo 66 Ejusdem, este Tribunal acuerda la acumulación de la COMPULSA BJ01-P-2011-000009, a la causa penal BP01-P-2010-005418, ordenándose la terminación y el cierre de la mocionada compulsa a nivel del sistema juris 2000, y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: de conformidad con lo previsto en el artículo 73, en relación con el artículo 66 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, la ACUMULACION de la COMPULSA BJ01-P-2011-000009, seguida contra el acusado KERVIS JOSE GUAICAMACUTO VALDEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el Articulo 406 Ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO ANTONIO BARRIOS SALAZAR (Occiso), a la causa penal BP01-P-2008-005418, seguida contra el acusado REINALDO RAFAEL GONZALEZ VALDEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el Articulo 406 Ordinal 1º en concordancia con el Articulo 83 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HUMBERTO ANTONIO BARRIOS SALAZAR (Occiso), ordenándose la terminación y el cierre de la mencionada compulsa a nivel del sistema juris 2000.- Notifíquese. Cúmplase. Regístrese.
JUEZ DE JUICIO Nro. 03

Dr. FRANCISCO JOSE CABRERA

EL SECRETARIO

ABG. LUIS RENE PEREZ