REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 27 de Agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-001496
ASUNTO : BP01-P-2007-001496

Revisada las actas que conforman el presente asunto, seguido en contra del ciudadano CARLOS ALFREDO ORTEGA LOROÑO, QUIEN ES VENEZOLANO, VENEZOLANO, NATURAL DE BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, DONDE NACIÓ EL DÍA 02-08-64, DE 42 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 8.341.669, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, DE PROFESIÓN U OFICIO: OBRERO, HIJO DE LA CIUDADANA JUANA LOROÑO, RESIDENCIADO EN: CALLE PÁEZ, Nº 14, SECTOR PEDREGAL, PUTUCUAL, CERCA DE LA ESCUELA FE Y ALEGRÍA, BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, TELÉFONO 0424-831.16.58; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana TIBISAY DEL VALLE ZAPATA, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución a los fines de decidir observa:

En fecha 13 de agosto de 2012, el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Barcelona, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano CARLOS ALFREDO ORTEGA LOROÑO, QUIEN ES VENEZOLANO, VENEZOLANO, NATURAL DE BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, DONDE NACIÓ EL DÍA 02-08-64, DE 42 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 8.341.669, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, DE PROFESIÓN U OFICIO: OBRERO, HIJO DE LA CIUDADANA JUANA LOROÑO, RESIDENCIADO EN: CALLE PÁEZ, Nº 14, SECTOR PEDREGAL, PUTUCUAL, CERCA DE LA ESCUELA FE Y ALEGRÍA, BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, TELÉFONO 0424-831.16.58; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana TIBISAY DEL VALLE ZAPATA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 45 ejusdem.

Ahora bien, Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución ejecuta el Sobreseimiento de la Causa y así se decide.

DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano CARLOS ALFREDO ORTEGA LOROÑO, QUIEN ES VENEZOLANO, VENEZOLANO, NATURAL DE BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, DONDE NACIÓ EL DÍA 02-08-64, DE 42 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 8.341.669, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, DE PROFESIÓN U OFICIO: OBRERO, HIJO DE LA CIUDADANA JUANA LOROÑO, RESIDENCIADO EN: CALLE PÁEZ, Nº 14, SECTOR PEDREGAL, PUTUCUAL, CERCA DE LA ESCUELA FE Y ALEGRÍA, BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, TELÉFONO 0424-831.16.58; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana TIBISAY DEL VALLE ZAPATA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 45 ejusdem. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION

DRA. AHIDE PADRINO ZAMORA
LA SECRETARIA

ABG. MARIA FERNANDA ROCHA