REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de agosto de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-F-2012-000076
Visto el escrito contentivo de la Transacción, suscrita en fecha 31 de Julio de 2012, por el Abogado JESUS ENRIQUE PEREZ ARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.011, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano NILSON JOSE PATIÑO NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.006.546, parte demandante, por una parte, y por la otra, la ciudadana HENMARY JOSEFINA SANGRONIS PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.479.532, parte demandada en el presente juicio; el Tribunal, por cuanto tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos y condiciones establecidos en dicho escrito, asimismo se ordena expedir por Secretaría cuatro (4) juegos de copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y 1º de la Ley de Sellos. Y así se decide.-
Publíquese. Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, En la ciudad de Barcelona, al primer (01) día del mes de agosto del año dos mil doce (2012).- Años: 202º de la independencia y 153º de la Federación.-
La Juez Provisorio,
Abog. Adamay Payares Romero
El Secretario,
Abog. Jairo Villarroel Rodríguez
En esta misma fecha, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana, se dictó y publicó la anterior decisión.- Conste.-
El Secretario,
Abog. Jairo Villarroel Rodríguez
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