REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, tres de agosto de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-J-2011-001017
Vista la anterior Comunicación Nº ACJ-12-971 suscrita por la Coordinación Judicial Región Oriente de la Empresa Pdvasa, Gas S.A., mediante la cual solicita se le haga entrega del cheque de gerencia Nº 82116008, del BANCO DEL MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, agencia Anaco, por un monto de (Bs. F 1.400,00), por concepto de pensiones de alimentos atrasadas, descontadas al ciudadano ORANGEL VASQUEZ, a favor de los niños Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) Respectivamente ; en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales y en interés superior de los niños de marra, acuerda: 1) Hacer entrega a la ciudadana AIRAM LUMALI ESCOBAR CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-18.365.353, del cheque Nº 82116008, contra del BANCO DEL MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, agencia Anaco, por un monto de (Bs. F 1.400,00), por concepto de pensiones de alimentos, descontadas al ciudadano ORANGEL VASQUEZ, a favor de los mencionados niños y se AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al referida ciudadana, plenamente identificado, para que cobre directamente por ante la taquilla del BANCO DEL MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, el cheque arriba indicado. 2) Líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C) adscrita a este Tribunal, quien queda comisionada para la entrega del respectivo cheque. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. AMERICA FERMIN
LA SECRETARIA ACC
ABOG. ANDREINA LEONETT
AF/VICTOR S
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