REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-F-2012-000077
Visto el anterior escrito de Convenimiento, presentado en fecha 22 de junio del 2012, suscrito por la ciudadana TAMARA BAUTISTA RENGEL LOPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V- 8. 648.136, debidamente asistida por la Abogada YARITZA GUILLERMINA REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 106.331, parte demandada en el presente juicio de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, presentada por los ciudadanos CARLOS CRUZ ARMAS CARVAJAL y CARMEN MILAGROS ARMAS CARVAJAL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad Nos. V- 8.251.835 y V- 8.248.620, respectivamente, asistidos por la abogada NIURKA JOSEFINA ROJAS CABEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 132.561, en contra de la ciudadana TAMARA BAUTISTA RENGEL LOPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. V- 8.648.136; el Tribunal, por cuanto la solicitud contenida en el mismo no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes, en los mismos términos y condiciones establecidos en el señalado escrito.- Así se decide.-
Publíquese. Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, En la ciudad de Barcelona, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil doce (2012).-
La Juez Provisoria,
Abog. Adamay Payares Romero El Secretario,
Abog. Jairo Daniel Villarroel
En esta misma fecha, once y cincuenta (11:50 a.m.) de la mañana, se dictó y publicó la anterior decisión.- Conste.-
El Secretario,
APR/Osc
|