REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, tres de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001252
ASUNTO: BP12-S-2012-001252

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: ANDRES DE JESUS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.999.785, mayor de edad, venezolano, domiciliado en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado EGNI JAVIER CABEZA ALMEA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 119.146,donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle Principal casa N° 13 sector Las Delicias de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal.-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de María Nava, midiendo Cincuenta y seis metros con diez centímetros (56,10Mts), SUR: Con la escuela Pedro Cesar Dominice midiendo veintiún metros con diez centímetros (21,10Mts), mas con casa que es o fue de los hermanos Sánchez Ascanio, midiendo Veinticinco metros (25.00Mts), otro extremo nuevamente con la escuela Pedro Cesar Dominice, midiendo diez metros (10:00Mts), ESTE: Con Parcela municipal, midiendo Veintitrés metros con setenta centímetros (23.70Mts), OESTE: Con calle Principal del sector las Delicias que es su frente, midiendo Veintidós metros con Cincuenta y tres centímetros (22.53Mts).-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa construida con paredes de bloques, piso de cemento pulido, techo de platabanda, piso de cemento y cerámica, ventanas y puertas de estructura metálica, dos locales comerciales , cercado con paredes de bloques, distribuida por tres locales comerciales Once Habitaciones con sus respectivos Baños .-En dicha construcción he invertido la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (BSF.500.000,00),equivalente a CINCO MIL QUINIENTAS CINCUENTA Y CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS(5.555UT) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: CARLOS JAVIER MENDOZA BOLIVAR y ALEXIS NICOLAS VILLAFRANCA VERA venezolanos, mayores de edad, titulares de cédula de identidad Números: V-19.141.974, V-18.940.326, respectivamente,este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ANDRES DE JESUS SANCHEZ ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA ACC

ABG, PATRICIA FIGUERA SILVA