REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, seis de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-000909
ASUNTO: BP12-S-2012-000909

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: HERMINDA ALMEIDA DE TOSCANO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.519.055,de este domicilio, asistida por la abogado LOYDA MAGALLANES inscrito en el inpreabogado bajo el N° 147.812,donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Libertador sector Urbanística 2000 de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui.- Dichas bienhechurias están constituida por una casa con paredes de bloques de cemento, techo de zinc, cercada de bloques, distribuida por Tres (3) habitaciones Una (1) Sala, Una (1) Cocina.- Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: casa que es o fue de Eliezer Medina, SUR: Con casa que es o fue de Luis Aguilera, ESTE: Carrera Libertador, OESTE: Con Casa que es o fue de Betty Medina.- En dicha construcción he invertido la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (BSF.70.000,00), equivalente a SETENCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA Y SIETE UNIDADES TRIBUTARIAS(777,77UT)y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: CESAR AUGUSTO ROJAS FUENMAYOR, y LISANDRO JOSE AREVALO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-16.035.132 V-13.611.342 respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejercen la ciudadana HERMINDA ALMEIDA DE TOSCANO, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA ACC

Abg. PATRICIA FIGUERA S,