REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis (06) de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-S-2012-002472
MONTO DE LA TRANSACCIÓN: Bs. 32.301,00
Vista la transacción, la cual fue suscrita por la ciudadana GLADYS MARIA DIAZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. 10.289.439; debidamente asistido por la abogada en ejercicio MARIA JOSÉ REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 120.537; por una parte y por la otra la sociedad mercantil AUTO CENTER MILENIUM, C.A., representada por su apoderado judicial el abogado JORGE SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 55.112, ahora bien, las partes plenamente facultados solicitan se homologue la presente transacción, este tribunal visto que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y no es contraria a derecho; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, les imparte la Homologación correspondientes, otorgándoles el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, su Reglamento y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se acuerda expedir las copias solicitadas en dicha transacción y se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo judicial del mismo. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los 06 días del mes de diciembre de dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Cúmplase.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 09:54 a.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
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