REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce (12) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
EXPEDIENTE: BP02-L-2012-000665
DEMANDANTE: JOSMER TOTUA
DEMANDADA: COOPERATIVA LA OPCION ES LEON R.L.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, doce (12) de diciembre de dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por prestaciones sociales, incoado por el ciudadano JOSMER TOTUA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 20.747.768 contra la empresa COOPERATIVA LA OPCION ES LEON R.L. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, habiendo comparecido la abogado OLGA PEREZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 111.685, actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandada COOPERATIVA LA OPCION ES LEON R.L., tal y como se evidencia de instrumento poder, cursante a los autos. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano JOSMER TOTUA, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado.
La Jueza Provisoria,
Abg. María Carmona Ainaga
Apoderada Judicial de la demandada
La Secretaria
Abg. Elaine Quijada.
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