REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro (04) de diciembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

EXPEDIENTE: BP02-L-2012-000714
DEMANDANTE: MARIANA ALEJANDRA ACUÑA GARCIA
DEMANDADA: KEMCO C.A.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día hábil de hoy, cuatro (04) de diciembre de dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por calificación de despido, incoado por la ciudadana MARIANA ALEJANDRA ACUÑA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 22.570.711 contra la empresa KEMCO C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, habiendo comparecido la abogado LUISA AURORA BORGES RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 82.988, actuando en sus carácter de apoderada judicial de la demandada KEMCO C.A., tal y como se evidencia de instrumento poder, cursante igualmente a los autos. Asimismo de la incomparecencia de la parte actora, ciudadana MARIANA ALEJANDRA ACUÑA GARCIA, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado.
La Jueza Provisoria,


Abg. María Carmona Ainaga



Apoderada Judicial de la demandada

La Secretaria


Abg. Elaine Quijada.