REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, cinco de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2012-000602
ASUNTO: BP12-J-2012-000602
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2012-000602
MOTIVO: CONSIGNACION DE BIENES
ADOLESCENTE: …..-
Visto que en la solicitud CONSIGNACION DE BIENES, presentada por la empresa Aseguradora “Seguros Mercantil”, en virtud de la muerte del ciudadano NERIO JOSE PEREIRA REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: V-9.453.229, a favor de su único universal heredero el adolescente …., mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la cuota parte del dinero que le corresponde a sus hijos antes mencionados. Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, dirigido por la Jueza Provisoria Abog. SAMINTHA MARÌN ZAPATA, se deja expresa constancia de la comparecencia de la solicitante Ciudadana MAURA CECILIA OLIVERO CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-16.302.635, asistido por la defensora Pública Primera Suplente de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Fiscal Auxiliar Duodécima del Ministerio Público Abog. MARIBEL GONZALEZ de esta Circunscripción Judicial.- Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre esta Juzgadora junto con las partes intervinientes.- Este tribunal visto el pedimento formulado por la ciudadana MAURA CECILIA OLIVERO CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-16.302.635,domiciliada en el sector La Planta, casa s/n, teléfono 0414-8409608 de la ciudad de Anaco del estado Anzoátegui, a favor de su hijo …. por cuanto dicho pedimento no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, Acuerda: hacer entrega a la ciudadana MAURA CECILIA OLIVERO CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-16.302.635,domiciliada en el sector La Planta, casa s/n, teléfono 0414-8409608 de la ciudad de Anaco del estado Anzoátegui, a favor de su hijo …., de la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,oo) correspondiente a la adquisición de ropa y otros gastos decembrinos de mi hijo el adolescente NEUMAR ANTONIO PEREIRA OLIVERO. Asimismo se acuerda fijar la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000, oo) mensuales como cuota de manutención a favor del adolescente ….. Asimismo, se acuerda hacer entrega de la libreta de la cuenta de ahorros aperturada por la madre ciudadana MAURA CECILIA OLIVERO CRESPO, a nombre de su hijo el adolescente …., a los fines de la movilización de la respectiva cuenta. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control y Consignación para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los cinco (05) días del mes de Diciembre del año 2012.-
La Jueza Provisoria;
Abog. Samintha Marín Zapata
La Secretaria Temporal;
Abg. Mariana Llavaneras Briceño
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