REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Barcelona, 17 de enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2009-003147
ASUNTO : BJ01-X-2011-000019

Vista la Recusación planteada en fecha 06 de Diciembre de 2.011 por la Ciudadana URSULA MARIA GOMEZ T., JESUS ALBERTO GARCIA Y MARIGINA GARCIA, en su carácter de Querellados, contra el Juez de Control Nº del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Dr. JORGE LUIS GAVIRIA LINARES, en consecuencia este Tribunal Colegiado Declara Admisible la presente recusación, de conformidad con el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.

LOS JUECES INTEGRANTES DE ESTA CORTE DE APELACIONES
LA JUEZA PRESIDENTA (T)


DRA. MARIA CARABALLO ESPAÑOL,

LA JUEZA SUPERIOR (T) PONENTE LA JUEZA SUPERIOR


DRA. JOANNY BOGARIN BRICEÑO. DRA. MAGALY BRADY URBAEZ,

LA SECRETARIA,


ABOG. MARIA TERESA VELASQUEZ.