REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 20 de enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2011-004118
ASUNTO : BP01-P-2011-004118
AUTO QUE ACUERDA LA AMPLIACIÓN DEL LAPSO PARA PRESENTACIONES DEL IMPUTADO
Por recibido en este despacho solicitud al respecto del 12 de diciembre de 2011 interpuesta por la abogada SONIA FIGUEROA CHARAIMA, quien en su condición de Defensora Pública Octava Penal (S) solicita para su defendido de autos, FRANCISCO JOSÉ SANTAROSA URBANEJA, titular de la Cédula de Identidad número V- 19.853.809, que este Tribunal revise y acuerde lo arriba señalado. Cuyo pedimento lo fundamenta en:. Que su defendido ha venido cumpliendo intachablemente la presentación cada TREINTA (30) DÍAS ante el órgano en cuestión, desde el 05 de mayo de 2011 por haberle acordado este Tribunal Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad; que tal lapso le interfiere seriamente con su jornada estudiantil en el LICEO NOCTURNO TOMAS ALFARO CALATRAVA, Puerto La Cruz;, acreditando a tal efecto CONSTANCIA DE ESTUDIO; que decidir al respecto es facultad expresa del juzgador al tenor del precitado artículo 264, ejusdem.
DECISIÓN
Este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la precitada solicitud, por lo que el imputado FRANCISCO JOSÉ SANTAROSA URBANEJA, titular de la Cédula de Identidad número V- 19.853.809, continuará presentándose ante la Oficina de Alguacilazgo de este Palacio de Justicia en Barcelona cada lapso de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, contado a partir de la última presentación MENSUAL. Diarícese, Regístrese y Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ DE CONTROL N° 04
DR. ALBERTO VALDEZ
LA SECRETARIA
ABOG. JOANNY GOUDET