REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.

El Tigre,10 de Enero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001004

ASUNTO: BP12-S-2010-001004

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTE: RAMON GLISANDE ALVAREZ VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.191.870 asistido por la abogado EUDIMAR ROLDAN ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.437.

Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la presente Solicitud, desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-

En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-

Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-

DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los Diez (10) días del mes de Enero del año 2012.- Años 201° de la Federación y 152° de la Independencia.-

LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ


LA SECRETARIA ACC


Abg. PATRICIA C. FIGUERA