REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de enero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO: BP02-L-2011-000376
Visto que ambas partes, extrajudicialmente acordaron el pago por la cantidad de DIECISIETE MIL QUINIENTOS SEIS BOLIVARES CON 04/CTMOS, (Bs.17.506, 04) y, visto el pago de la aludida cantidad según se evidencia en diligencia de fecha 09-08-11, cursante en los folios 26 al 28 y, visto que no hay mas actuaciones que realizar, por lo que es forzoso para este Juzgado dar por terminado el presente procedimiento, ordenando su archivo judicial. Así se decide.
Se acuerda la entrega de las pruebas promovidas en la instalación de la audiencia preliminar. Cúmplase.
La Juez,
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Argelis Rodríguez.
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