REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, diecisiete de enero de dos mil doce
201º y 152º
SJT
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2007-000256
ASUNTO: BP12-L-2007-000256
PARTE ACTORA: LIFRADO RAFAEL ASCANIO, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad número 10.998.791
COAPODERADOS PARTE DEMANDANTE: Abogados ARMANDO BALDEMAR QUIJADA TOCHON y GILBERTO AREYAN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.46.748 y 52.940 en su orden.
PARTE DEMANDADA: MANUFACTURAS ASOCIADAS, C.A.
COAPODERADOS PARTE DEMANDADA GUSTAVO ANTONIO SOSA SOSA y SANDRA DEL CARMEN MIRABAL LUNA, inscritos en el Inpreabogado bajo los No.63.334 y 76.392 en su orden.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.
I
En fecha 08 de mayo de 2007, los coapoderados judiciales del ciudadano LIFRADO RAFAEL ASCANIO, presentaron escrito libelar. Cual resultó admitido por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; por auto de fecha 14 de mayo de 2007.
Se evidencia de las actas procesales que, cumplida la notificación ordenada en el auto de admisión; en fecha 03 de julio de 2007, tuvo lugar la oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar por ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por efecto de la redistribución de asuntos del sistema Juris 2000; dejando constancia el prenombrado Juzgado (folio 21) de la Pieza del expediente, de la comparecencia de la parte demandante y de la sociedad demandada, a la Instalación de la Audiencia Preliminar. De igual manera, el referido Tribunal dejó constancia, que las representaciones judiciales de las partes, consignaron sus respectivos escritos de pruebas.
Por auto de fecha, 08 de febrero de 2008 (Folio 39) del expediente, el Tribunal de Sustanciación supra señalado, dejó constancia de la terminación de la Audiencia Preliminar. Y por auto de fecha 19 de febrero de 2008 (Folio 94) del expediente, dejó constancia que la demandada, dió contestación a la demanda.
II
Ahora bien, posterior al recibo del expediente, este despacho por nota de diario del sistema Juris 2000, admitió las pruebas promovidas y por auto expreso fijó la oportunidad de celebración de la audiencia de juicio en el presente asunto, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 75 y 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, respectivamente.
Correspondiéndose la celebración de la audiencia de juicio, en orden al auto dictado de fecha 15 de noviembre de 2011 (Folio 204) del expediente, y conforme al cómputo efectuado en el calendario judicial de este Tribunal, para día de hoy 17 de enero de 2012. En cuya oportunidad pudo este Tribunal verificar y certificar mediante Acta de esta misma fecha; sólo de la comparecencia de la sociedad mercantil MANUFACTURAS ASOCIADAS, C.A. a través de su coapoderado judicial, abogado Gustavo Antonio Sosa Sosa, antes identificado; y, de la incomparecencia a la audiencia de juicio, de la parte actora ni por sí ni a través de apoderado alguno, y de conformidad con lo previsto en el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declaró, atendiendo el criterio de Sentencia N° 1184, de fecha 22 de septiembre de 2009, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO por cobro de PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano LIFRADO RAFAEL ASCANIO, en contra de la sociedad mercantil MANUFACTURAS ASOCIADAS, C.A.
DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y con fundamento en el dispositivo legal señalado y la referida sentencia, declara el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoada por el ciudadano LIFRADO RAFAEL ASCANIO, en contra de la sociedad mercantil MANUFACTURAS ASOCIADAS, C.A. ; por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES. Y así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre a los DIECISIETE (17) días del mes de ENERO del año DOS MIL DOCE (2012).
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. LISBETH HARRIS GARCIA
LA SECRETARIA
ABG. MARYEDITH HERNANDEZ CAMPOS
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