REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 25 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2012-000380
ASUNTO : BP01-S-2012-000380

Visto el escrito presentado por la DRA. YAMARILIS YAGUARAMAY, en condición de Fiscal 24º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, coloco a disposición de este Despacho al ciudadano JULIO CESAR TUSSENT, debidamente asistido por su DEFENSORA PÚBLICA DRA. SOFIA RINCON y solicite el procedimiento, quien expuso: DRA. YAMARILIS YAGUARAMAY, Fiscal Vigésima Cuarta (24°) del Ministerio Público, coloco a la disposición de este despacho al JULIO CESAR TUSSENT, actuaciones referente al antes dicho ciudadano y a su vez solicito muy respetuosamente que le sea concedida LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, de conformidad al articulo 44, debido ya que no se le puede atribuir ningún delito, en virtud del vencimiento del lapso otorgado por la Ley en el articulo 93 de la Ley Especial. Este Tribunal en Funciones de Control Nº 01, para decidir observa:

PRIMERO: Oídas las partes y analizadas como han sido las actuaciones presentadas por la Fiscalía 24° del Ministerio Publico, se evidencia que Cursa folio Nº 4 y su Vto. ACTA DE APREHENSION FLAGRANTE, de fecha 22-01-2012, diligencia policial efectuada por el Oficial CRUZ PEREIRA CUMANA. Cursa folio Nº 03 y su vto, DENUNCIA COMUN, de fecha 22-01-2012, dicha denuncia fue realizada por la ciudadana AIDA DEL ROSARIO FIGUEROA, de nacionalidad Venezolana, natural de Punta Araya, Estado Sucre, nació en fecha 27-03-1965, de 46 años de edad, estado civil casada, de profesión oficio: del hogar, titular de la cedula de identidad Nº V-11.380.789, teléfono 0281-2817853, Residenciada en el barrio Santa Rosa, Casa N° 19, calle principal, Barcelona del Estado Anzoátegui. Cursa folio Nº 05, DERECHOS DEL IMPUTADO, de fecha 22-01-2012

SEGUNDO: Por consiguiente observa este Tribunal en la búsqueda de la verdad, y con fundamento en el artículo 256, del Código Orgánico Procesal Penal considera procedente aplicar al imputado JULIO CESAR TUSSENT, LIBERTAD PLENA, de conformidad con lo consagrado en el articulo 44 de la Constitución de Bolivariana de la Republica, en virtud de que efectivamente se encuentra vencido el lapso establecido en el articulo 93 de la Ley Especial.

TERCERO: Líbrese oficio a la Policía del Municipio Urbaneja del Estado Anzoátegui, participando sobre la Decisión acordada por este Tribunal al imputado antes referido. Notificar a las victimas a los fines de informarle de Medidas de Protección. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de LIBERTAD PLENA, de conformidad con lo consagrado en el articulo 44 de la Constitución de Bolivariana de la Republica, en virtud de que efectivamente se encuentra vencido el lapso establecido en el articulo 93 de la Ley Especial a favor del ciudadano: JULIO CESAR TUSSENT, INDOCUMENTADO, DE NACIONALIDAD VENEZOLANO, ESTADO CIVIL: SOLTERO, DE 35 AÑOS DE EDAD, LUGAR DE NACIMIENTO: ARAGUA, ESTADO MARACAY; CON RESIDENCIA EN: LA CASA Nº 19, CALLE PRINCIPAL, BARRIO SANTA ROSA, TELEFONO: 0281-2817853. Se acuerda remitir en su oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalía 24º del Ministerio Público, a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo de la investigación, Líbrense los correspondientes oficios. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS,

ABG. ONEIMAR DEL VALLE ROJAS CAPELLA.
LA SECRETARIA

ABG. ALIANNE BASTIDAS