REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 28 de Enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2012-000400
ASUNTO : BP01-S-2012-000400


Vista la solicitud interpuesta por el abogado TOMAS ARMAS MATA, EN SU CARACTER DE FISCAL DECIMOSEXTO (16°) DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, a través de la cual solicita ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de la ciudadana, ARACELYS JOSEFINA ITRIAGO ALVAREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad numero V- 11.366.632, toda vez que según investigación que adelanta ese despacho fiscal la mencionada ciudadana pudiera ser Cómplice necesario por uno de los contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocurrido en perjuicio de una adolescente de la cual se omiten sus datos por conservar su integridad moral, concretamente ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo 44 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y por cuanto considera que existen suficientes elementos de convicción solicita a este Tribunal que de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del código orgánico procesal Penal sea dictada orden de Aprehensión en contra de éste ciudadano. Acompañando como elementos de convicción las siguientes actuaciones.

Se evidencia como elementos de convicción las siguientes diligencias de investigación penal: EXAMEN MEDICO FORENSE Nº 09700-139-20352011, de fecha 13 de Diciembre del 2011, practicado por el Dr. ULISES FERNÁNDEZ, Medico Forense experto profesional II, adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Subdelegación Barcelona, a la adolescente G.S.M.J (Identidad Omitida), teniendo como conclusión que la misma presenta Genitales externos de aspecto y configuración normal, Himen con Desfloración Antigua. Así mismo se logró recabar el testimonio de la hoy víctima, quien manifestó entre otras cosas, haber sido abusada sexualmente por el hoy imputado en reiteradas oportunidades, quien valiéndose de su condición de superioridad por ser pastor de la iglesia donde los padres de la hoy víctima se congregaban, constriñéndola a los fines de que esta accediera a mantener contactos sexuales no deseado, todo esto bajo la actitud complaciente de la progenitora del imputado de marras, la ciudadana ARACELIS JOSEFINA ITRIAGO ALVAREZ, quien facilitaba la perpetración del hecho, ya que mediante engaños conducía a la hoy victima hasta su residencia, dejándola a solas con su hijo a los fines de que esta accediera a mantener relaciones sexuales con el mismo, constriñéndola bajo amenazas para que esta mantuviera en secreto lo que le estaba aconteciendo. De la revisión de los elementos de convicción, correspondientes a las diligencias de investigación practicadas por el órgano policial y que reposan en las actas procesales del expediente con relación al caso, se aprecia lo siguiente: 1.- CON EL ACTA POLICIAL, de fecha 12 de Diciembre de 2011, suscrita por el funcionario OFICIAL AGREGADO RAMON CALMA, adscrito a la Policía Municipal de Peñalver, del Estado Anzoátegui, en la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial y en consecuencia expone: “…El día de hoy a eso de las 12:30 de la madrugada encontrándome de guardia en la sede este centro de coordinación policial, recibí instrucciones del jefe de los Servicios Oficial Agregado YERSAI MELENDEZ, con la finalidad de que me trasladara hasta el sector José Antonio Anzoátegui, a verificar una información suministrada por una ciudadana quien no se quiso identificar por temor a represarías en su contra, quien informo que en el mencionado sector, se encontraba un ciudadano escondido en una zona boscosa y vestía una camisa de color blanco y pantalón de vestir de color negro, por un presunto acoso sexual de una menor de edad, inmediatamente conforme una comisión a mi mando y en compañía de los oficiales Jhoan Sifontes, Andy Castellanos quien era el conductor de la unidad Motorizada P-008, y oficial Jorge Chopite, conductor de la unidad Patrullera P-007, y una vez que llegamos al sector antes mencionándome entreviste con un vecino quien no se identifico con sus datos filiatorios, por temor a represarías en su contra, manifestó que el ciudadano a quien identifico como pastor de una iglesia de una iglesia, había abusado de una niña de 14 años de edad, y que dicho pastor salio corriendo hacia el sector Altos de Clarines, en donde reside y un grupo de vecinos lo estaban buscando, acto seguido nos trasladamos hacia el sector Altos de Clarines, específicamente a la calle Nº 05, cuando avistamos a un grupo de personas que tenían al ciudadano retenido, y no los entregaron a la comisión el mismo dijo ser y llamarse WUILIMER ALEXANDER ITRIAGO, de nacionalidad Venezolana, natural de Altagracia de Orituco Estado Guarico, fecha de nacimiento 12-04-80, de 30 años de edad, estado civil Soltero, de profesión u oficio Pastor de la Iglesia Evangélica Luz del Mundo, residenciado en el Sector Altos de Clarines, calle Nº 05, casa s/n, del Municipio Bruzual del estado Anzoátegui, y titular de la cedula de identidad Nº V-16.193.109, de piel morena, de contextura delgada, de estatura alta, porta una vestimenta camisa de color Blanco, pantalón de vestir de color Negro, inmediatamente procedió el oficial JHOAN SOFONTES, a realizarle la correspondiente revisión corporal… seguidamente a imponerlo de sus derechos que lo asisten… seguidamente procedimos a trasladarlo hasta la sede de este comando policial al ciudadano en cuestión, al llegar al mismo le notificamos del procedimiento a la superioridad, y a eso de las 01:20 de la madrugada se presento la adolescente en compañía de su progenitora con la finalidad de formular la denuncia en contra del ciudadano quien dijo ser y llamarse: M.J.G.S (IDENTIDAD OMITIDA), de nacionalidad venezolana, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, de fecha de nacimiento 03-12-1997, de 14 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio estudiante del Tercer año de Bachillerato… quien se encuentra en compañía de su madre biológica de nombre M.J.S y A.R.G, … posteriormente fueron trasladados al adolescente en compañía de la progenitora al departamento de Investigaciones…” 2.- DENUNCIA Nº 03-088-11, de fecha 12 de Diciembre de 2011, rendida por ante la Policía Municipal de Peñalver, del Estado Anzoátegui, por la adolescente M.J.G.S (Identidad Omitida), de 14 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.275.078, quien en relación a los hechos investigados, manifestó lo siguiente: “…El dia de ayer 20 de diciembre de 2011, estaba yo en mi casa sola con mis hermanas de 8 y 4 años de edad, mis padres habían salido al culto y escuche ladrando la perra y salí a ver y estaba Wilmer Itriago, en el patio de mi casa, sin camisa y me decía si, si, yo voltee y se acerco a mi para tener relaciones sexuales como siempre lo hacia, y yo acepte en tener relaciones y lo estaba haciendo en el patio de mi casa parada, y en eso se regreso mi papa a mitad del camino y lo vio sin camisa y arreglándose el pantalón y Wilmer Itriago salio corriendo y salto el medio muro que queda a un lado de la casa y mi papa salio a perseguirlo y después los vecinos del sector se dieron cuenta y lo andaban buscando por que no se sabia donde andaba, luego mi papa vino a participar a Polibruzual lo que estaba pasando y luego la policía y los vecinos lo andaban buscando, y luego los vecinos solamente lo consiguieron en su casa en los Altos de Clarines, luego llamaron a Polibruzual para que lo fueran a buscar y lo trajeron hasta acá, yo lo vengo a denunciar, por que cuando salía para el Liceo el se me aparecía a mitad del camino y me decía que por que no le hablaba o lo saludaba, y yo le decía que se tratara de alejar de mi porque ya mi mama sabia que el me molestaba y tenia miedo de que nos descubriera y que mi mama ya me había dado una advertencia…” en relación a las preguntas formuladas por el funcionario receptor, contesto lo siguiente: “…QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, que edad tenia cuando sostuvo por primera vez relaciones sexuales con el ciudadano en cuestión? CONTESTO: “Tenia trece años” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, era virgen cuando sostuvo la primera relación sexual con el ciudadanos WILMER ITRIAGO? CONTESTO: “SI” DECIMA PREGUNTA: “Diga usted, si el ciudadano en cuestión le hizo alguna promesa? CONTESTTO: “Si, que se iba casar conmigo” DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el motivo por el cual no le comunico a sus padres lo que estaba sucediendo con el ciudadano WILMER ITRIAGO? CONTESTO: “Porque me daba pena y él me decía que no les dijera nada”3.- EXAMEN MEDICO FORENSE Nº 09700-139-20352011, de fecha 13 de Diciembre del 2011, practicado Dr. ULISES FERNÁNDEZ, Medico Forense experto profesional II adscrito a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Subdelegación Barcelona, a la adolescente G.S.M.J (Identidad Omitida), de 14 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.575.078, teniendo como conclusión lo siguiente: “Ginecológico: Genitales externos de aspecto y configuración normal, Himen con desfloración antigua. Ano recto: Normal. . 4. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de Diciembre de 2011, rendida por ante la sede de la Fiscalía Décima Sexta del ministerio Publico, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por el ciudadano A.R.G (Identidad Omitida), titular de la cedula de identidad Nº V-8.245.924, quien en relación a los hechos investigados manifestó lo siguiente: “…Resulta que el día domingo 11 de Diciembre de 2011, siendo aproximadamente las 7:15 minutos de la noche, momentos en que salí de mi residencia, ubicada en la dirección antes mencionada, dejado solas a mis tres hijas, de nombre A.N.G.S, de 08 años de edad, A.B.G.S, y a mi hija mayor, la Adolescente M.J.G.S, cuando iba hacia el culto, al llegar a la avenida, decidí regresarme a la casa, cuando llegue sorprendí a al ciudadano WUILMER ITRIAGO, quien era el pastor de la iglesia evangélica a la cual pertenecía, en el patio de mi casa sin camisa, teniendo relaciones sexuales con mi hija M.J.G.S, de 14 años de edad, el al verme salio corriendo y yo Salí detrás de el, pero no lo pude agarrar, luego te devolví a la casa y con mi esposa empezamos a interrogar a mi hija, y ella nos manifestó que el pastor WUILIAN, la acosaba, que se le presentaba al liceo donde ella estudia y se presentaba en la casa cuando estaba sola, luego llego la policía y estos dieron un recorrido por el lugar y encontraron la camisa del pastor, luego como a las 2:00 de la mañana con un grupo de vecinos fuimos hasta su casa y lo agarramos, la comunidad le dieron unos golpes hasta que llego la policía y se lo llevaron detenido.
EN RELACIÓN A LAS PREGUNTAS FORMULADAS POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR, CONTESTO LO SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, fecha lugar y hora de los hechos que narra en su entrevista? CONTESTO: “día domingo 11 de Diciembre de 2011, siendo aproximadamente las 7:15 minutos de la noche, en mi residencia” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, si conoce de vista, trato y comunicación al ciudadano que menciona en su entrevista como WUILMER ITRIAGO? CONTESTO: “Si, lo conozco por que fue mi antiguo pastor” 5.- ACTA DE ENTREVISTA, El día de hoy, Jueves Cinco (05) de Enero de 2012, siendo las 09:00 horas de la mañana, compareció por ante este Despacho, de manera voluntaria la adolescente M.J.G.S (Identidad Omitida), de 14 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.275.078, quien en relación a los hechos investigados, manifestó lo siguiente: “…Resulta que mis padres son cristianos evangélicos, y como en la comunidad no tenían iglesia para hacer los cultos, ellos decidieron prestar la casa, eso fue aproximadamente en el mes de enero del 2010, en mi casa se congregaban muchas personas de la comunidad entre ellos el ciudadano WUILMER ITRIAGO y su mama, la señora ARACELYS DE PORTILLO. Aproximadamente en el mes de noviembre de 2010, como a las 3:00 horas de la tarde yo iba para mi casa, y pase frente de la casa de WUILMER ITRIAGO, que queda cerca de mi casa y obligatoriamente tengo que pasar por allí, en eso escucho que la señora ARACELYS DE PORTILLO, me llama por mi nombre yo me acerque y ella me dijo “Wilmer quiere hablar contigo, te quiere dar un consejo de la palabra” yo entre a la casa confiada, como el era el pastor de la iglesia no pensé que me fuera hacer nada malo, cuando entro y me siento en el mueble me di cuenta que la señora ARACELYS, se había ido y yo le pregunte a WILMER que donde estaba su mama y el me respondió que no me preocupara que ella venia en un rato, entones él empezó agarrarme y a la fuerza me metió para uno de los cuartos de la casa, me tiro en la cama, y empezó a quitarme la ropa pero yo no dejaba, como pudo me bajo el pantalón hasta la rodilla y el se saco su miembro pero yo cerraba las piernas y empecé hablar duro diciéndole que me soltara, yo como pude me solté y abrí la puerta y salí corriendo, cuando llegue a mi casa mi mama noto que yo estaba agitada, pero tuve que salir rápido a casa de una amiga a hacer un trabajo. Como dos días después, como a eso de las 10 de la mañana WILMER, llego a mi casa preguntando por mi mama, y yo le dije que no estaba y mi papa tampoco estaba, el empezó a tocarme, pero como llego un sobrinito de él, y entro a la casa y este vio cuando me estaba agarrando y por eso no me hizo nada ese día. Después que yo cumplí mis 13 años, como el 5 o 6 de Diciembre de 2010, en esos días yo me encontraba en mi casa con una amiga de nombre FRANYELIS GODOY, haciendo un trabajo y él llego a mi casa, y mi mama llamó al teléfono de la casa y me dijo que dejáramos de hacer el trabajo por que habían suspendido las clases, y que me fuera para a ayudarla hacer unas hallacas para casa de mi abuela, entonces mi amiga se fue para su casa y yo le pedía que no se fuera, por que me daba miedo quedarme sola por que sabia lo que iba hacer WILMEN, pero ella tubo que irse, yo estaba llenando un tobo para meterlo al baño, de repente el salio corriendo para donde yo estaba y me agarro a la fuerza y me bajo los pantalones yo no me dejaba pero como pudo me penetro con su pene, y como eso me dolió y se me salieron las lagrimas y cuando iba gritar el me tapo la boca con sus manos, después yo me solté y el me agarro por el cabello y me ponía que le viera su pene, yo salí corriendo y me metí al baño y cuando me vi que me salio mucha sangre y yo le dije que por que me salía sangre y le enseñe el short y la bluma llena de sangre, y el me dijo que eso era normal, que me había venido la menstruación, el me quito el short y la bluma y se las llevo, al rato llego mi papa y yo me estaba bañando, mi papa me dijo que nos íbamos para donde mi abuela. Después de eso en ese mes no me busco más, pero en enero empezó con lo mismo, llegaba a la casa y me quería agarrar, el me amenazaba y me decía que no dijera nada, yo le decía que si mi mama me revisaba y me descubría yo tenia que decirle la verdad, y él me decía que inventara que fue un compañero del liceo, pero que ya no vivía en Clarines, y me decía que si yo decía algo que me aguantara las consecuencia, por que él me iba golpear así estuviera preso, siempre que iba a la casa era para tener relaciones bajo amenazas, luego su mama la señora ARACELYS DE PORTILLO, me decía que si a mí me llegaba a faltar el periodo que tomara malta con canela y que me cuidara, ella a veces subía para mi casa y me decía “mira vente para la casa, que allá esta WILMER, que quiere hablar conmigo” y otras veces me decía “vente que le voy a mandar algo a tu mama”, y cuando llegaba a su casa ella, se quedaba afuera sentada leyendo la Biblia y su hijo WILMER me metía para el cuarto y me obligaba a tener relaciones sexuales, ella en varias oportunidades se sentó con nosotros y nos decía que teníamos que tener cuidado para que nadie sospechara, hasta esperar que yo tuviera 18 años, que para ese entonces nadie se tenia que meter en eso. Como yo tenia miedo por las amenazas de WILMER, y él como que se dio cuenta que me tenía como dominada empezó a inventar cosas, me daba dinero para que yo fuera para la casa donde este vivía con su esposa, que queda en los Altos de Clarines, pero yo nunca iba, en una oportunidad cuando yo iba para el liceo el me salio por el camino y empezó a decirme que tenia que ir para su casa y me dio dinero para que me fuera en un moto taxi, y me dijo que si esta vez no iba que me atuviera a las consecuencia, que yo era suya, yo le decía que no podía, y el me dijo que de no ir que yo iba ver lo que me iba a pasar, entonces yo me fui para clase, en los momentos de receso yo lo veía merodeando por el liceo, y cuando salí de clase tome un moto taxi y me fui para la casa de WILMER, cuando llegue el me metió para la casa, empezó agarrarme y se bajo los pantalones y me obligo a que yo me metiera su pene en mi boca, y como yo no quería el me agarro por los cabellos y tuve que hacérselo como por veinte minutos y termino en mi boca y como yo salí a vomitar el se molesto y me decía un poco de grosería, luego como a la hora me obligo nuevamente a tener relaciones con el y me penetro por mi vagina y al rato me voltio con un golpe y me quiso penetrar por detrás y yo no me deje y me lo quite de encima y me puse el short y salí afuera a vomitar y el se molesto diciéndome groserías. Yo me termine de vestir y me fui para mi casa. Yo para evitar que el me buscara, le decía a mi papa que me llevara al liceo en el carro o me iba acompañada de unas primas. En una oportunidad WILMER, me dijo que quería grabarme un video haciéndome esas cosas y yo le dije que si era loco que si aparte de hacerme esas cosas feas también quería grabarme. Todo esto ocurrió hasta el día domingo 11 de Diciembre de 2011, cuando eran aproximadamente 07:30 de la noche, cuando yo me encontraba en mi casa con mis dos hermanas de 8 y 4 años de edad, y mis padres no se encontraban, escuche en el patio de la casa a la perra ladrar y cuando salgo veo a WILMER, quien estaba sin camisa y con un pantalón de color blanco, el empezó a sisearme detrás del tanque y empezó agarrarme de nuevo y yo comencé a gritar a ver si salía mi hermanita y el me taparme la boca y me decía cállate, y como yo tenia una pijama y el pantalón me quedaba flojo el me lo quito a la fuerza, y empezó hacer sus cochinadas pero estaba como asustado luego termino y yo me estaba poniendo el pantalón y de repente llego mi papa y lo vio y el salto el paredón y mi papa empezó a seguirlo, y después con los vecinos del sector empezaron a buscarlo, luego mi papa fue a la policía de Bruzual, luego los vecinos lo consiguieron en su casa en los Altos de Clarines y llamaron a la policía y lo fueron a buscar. EN RELACIÓN A LAS PREGUNTAS FORMULADAS POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR, CONTESTO LO SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que tipo de relación mantenía con el ciudadano WILMER ITRIAGO? CONTESTO: “El era pastor de la iglesia y yo le tenia respeto y cariño, solo eso, hasta que empezó hacerme esas cosas y después lo que le tenía era miedo por que me amenazaba” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los motivos por los cuales manifestó en la entrevista tomada ante la policía de Bruzual, en fecha 12 de Diciembre de 2011, en la cual indico que su relación con el ciudadano WILMER ITRIAGO, era de novios? CONTESTO: “Lo que paso fue que la señora ARACELYS DE PORTILLO, me manipulaba y me decía que de llegarse a enterar mi mama y llegaba a denunciar, que yo tenia que decir que lo que paso fue con mi consentimiento, y que nosotros éramos novios, para evitar que su hijo fuera preso y como WILMER me amenazaba yo dije eso por miedo”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, si fue victima de amenazas de para del ciudadano WUILMER ITRIAGO, a los fines de que usted consintiera un contacto sexual no deseado? CONTESTO: “Si, el me decía que yo no tenia que decir nada de eso, que si yo decía algo el me iba golpear el mismo o con otras personas, y me decía que yo me iba atener a las consecuencia y que se las iba a pagar, que yo iba a ver lo que mi iba pasar” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, quienes se encontraba presente en la casa del ciudadano WILMER ITRIAGO, al momento de que este mantenía relaciones sexuales con usted? CONTESTO: “Siempre se encontraba la mama de él, de nombre ARACELYS DE PORTILLO, ella muchas veces me iba a buscar a mi casa y bajo engaños me llevaba hasta su casa para que su hijo WILMER abusara sexualmente de mi” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si el ciudadano WILMER ITRIAGO, le hizo alguna promesa de matrimonio? CONTESTO: “Si, el me dijo que me quedara callada hasta que yo cumpliera 18 años, que el se iba divorciar para casarme conmigo y la señora ARACELYS me decía lo mismo” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, los motivos por los cuales no le comunico a sus progenitores lo que estaba sucediendo con el ciudadano WILMER ITRIAGO? CONTESTO: “Primero por que me daba miedo y pena con mis padres, y segundo por las amenazas de WILMER”. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, si fue victima de acoso u hostigamiento por parte del ciudadano WILMER ITRIAGO? COTESTO: “Si, este me seguía a todos lados, se presentaba al liceo donde estudio y se quedaba afuera hasta que yo saliera, se presentaba a mi casa cuando yo estaba sola, tenia que pedirle mi papa que me llevara al liceo o a mis primitas que me acompañaran, por que siempre me lo encontraba” 6.- COPIA FOTOSTATICA, DE LA CEDULA DE IDENTIDAD, signada con el numero V-27.275.078, a nombre de la adolescente M.J.G.S (Identidad Omitida) de 17 años de edad, quien figura como victima en la presente causa. 7.- ACTA POLICIAL, de fecha 05 de enero de 2012, suscrita por el funcionario OFICIAL MANUEL GUARACHE, adscrito a la Policía Municipal de Bruzual, en la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial y en consecuencia expone: “…El día de hoy jueves 05 de Enero y siendo las 08:00 horas de la mañana, encontrándome de servicio en el comando, específicamente como jefe de la División de investigaciones Panales, recibí instrucciones de las supervisora Jefe LISETTE RON PERALES, Directora Presidente (E), de esta institución, para que me trasladara a los sectores JOSE ANTONIO ANZOATEGUI, calle el Araguaney y al sector Altos de Clarines, en la ultima Calle, con la finalidad de dar cumplimiento a la orden de inicio de investigación relacionada con el expediente … remitido por el fiscal Décimo Sexto (A) del ministerio publico de esta circunscripción judicial…. Por uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, en compañía del Auxiliar Oficial Ángel Gómez, a bordo de la unidad Moto, donde me traslade a eso de las 09:00 de la mañana al sector José Antonio Anzoátegui, en la calle denominada el Araguaney, en donde se llevo a cabo la Inspección Ocular, en donde ocurrieron los hechos, y acto seguido se libro boleta de citación a las ciudadanas M.J.S.C, madre de la adolescente M.J.S.C, y al testigo de nombre M.DEL.G.P, ambas fueron notificadas para el día 01 de enero del presente año, con la finalidad de rendir sus declaraciones, posteriormente me traslade hasta el sector Altos de Clarines, en su ultima calle, en donde se aprehendió el imputado WUILMER ALEXANDER ITRIAGO ALVARES, donde se realizo una segunda Inspección Ocular…” 8.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10 de Enero de 2012, rendida por ante la Policía del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual, del Estado Anzoátegui, por la ciudadana M.J.S.C (Identidad Omitida), titular de la cedula de identidad Nº V-8.296.985, quien en relación a los hechos investigados manifestó lo siguiente: “…el día de 10 de enero de 2012, me encuentro en esta institución, con la finalidad de dar mi declaración sobre los hechos que ocurrieron el domingo 11 de diciembre de 2011, en horas de la noche a eso de las siete y media de la noche aproximadamente, yo me encontraba en la iglesia evangélica Luz del mundo, que queda en el sector los cerezos de aquí de clarines, recibí una llamada de mi esposo A.G, me dijo que me fuera para la casa, porque había conseguido al pastor WUILMER ITRIAGO, en el patio de la casa con mi hija, M.G, entonces yo corte la llamada, y le notifique a la pastora que me tenia que retirar, por que se me había presentado un problema en mi casa, cuando llego a mi casa no consigo a mi esposos, solo estaba mi hija, y le pregunto por el papa y ella me dijo que había salido corriendo detrás del pastor, y no lo pudo alcanzar al rato apareció mi esposo con mi mama y mis dos hermanos, el me cuenta lo sucedido con detalles, que había encontrado al pastor WUILMER ITRIAGO en el fondo de la casa y sin camisa con mi hija y que al percatarse de la presencia de mi esposo salio corriendo y sin camisa y brincaron los patios de los vecinos, luego nos trasladamos hasta esta institución policial con la finalidad de formular la denuncia en contra de este ciudadano, luego la policía se traslado hasta el sector altos de clarines en donde lo detuvieron y lo trasladaron hasta la sede de este comando policial… EN RELACIÓN A LAS PREGUNTAS FORMULADAS POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR, CONTESTO LO SIGUIENTE: SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, la adolescente en cuestión en ningún momento le comento lo que se estaba sucediendo con el ciudadano WUILMER ITRIAGO? CONTESTO: “Nunca ella me dijo lo que el pastor le hacia, pero si en una oportunidad, hace un mes atrás me dijo que él la buscaba en la escuela en donde ella estudiaba y siempre la acosaba, en esa oportunidad yo hable con él y me dijo que solo le daba consejos de la Biblia y que no le tenia ningún acoso” 9.- INSPECCION TECNICA POLICIAL, de fecha 05 de Enero de 2012, practicada por el funcionario OFICIAL MANUEL GUARACHE y OFICIAL ANGEL GOMEZ, adscrito a la Policía Municipal de Clarines del estado Anzoátegui, en la cual dejó constancia de haberla practicado en la siguiente dirección: “…CALLE ARAGUANEY, CASA S/Nº, DEL SECTOR JOSE ANTONIO ANZOATEGUI, CLARINES ESTADO ANZOATEGUI” … Una vez en la mencionada dirección, luego de identificarnos como funcionarios, fuimos atendidos por el padre de la victima… a quien impusimos del motivo de nuestra presencia, donde dejamos constancia de inspección ocular, tratándose de casa tipo rural, de color anaranjada, con ventanas de color blanco y techo tipo tejas, con el frente en construcción y esta cercado a su alrededor de pared de bloques, una vez en el patio de la casa, supuestamente el padre de la adolescente encontró sin camisa al ciudadano WUILMER ALEXANDER ITRIAGO, en compañía de su hija, se encuentran dos plantas boscosas y parte del patio se encuentra tapado con cemento, menos donde están plantados los árboles…” 10.- CON LAS FIJACIONES FOTOGRAFICAS, de fecha 05 de Enero de 2012, tomadas por el funcionario OFICIAL MANUEL GUARACHE y OFICIAL ANGEL GOMEZ, adscrito a la Policía Municipal de Clarines del estado Anzoátegui, en la cual dejó constancia fotográficamente de las características del sitio del suceso, lugar donde se materializó el hecho investigado. 11.- INSPECCION TECNICA POLICIAL, de fecha 05 de Enero de 2012, practicada por el funcionario OFICIAL MANUEL GUARACHE y OFICIAL ANGEL GOMEZ, adscrito a la Policía Municipal de Clarines del estado Anzoátegui, en la cual dejó constancia de haberla practicado en la siguiente dirección: “…SECTOR ALTOS DE CLARINES MUNICIPIO EZEQUIEL BRUZUAL DEL ESTADO ANZOATEGUI” … Una vez que llegamos al sector Altos de Clarines, específicamente en la ultima calle, tratándose de una calle muy amplia, sin asfaltado, según vecinos no cuenta con suficiente alumbrado, las mayorías de las casas están habitables, en donde fue detenido el imputado WUILMER ALEXANDER ITRIAGO, una vez terminada la inspección nos trasladamos al comando con las resultas…” 12.- PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 69, de fecha 23 de abril de 1998, emitida por el Prefecto del Municipio Bruzual del Estado Anzoátegui, en la cual deja constancia de que la adolescente M.J.G.S, nació en fecha 03-12-1997, hija de los ciudadanos A.R.G y M.J.S.G. (identidades Omitidas). 13.- ACTA POLICIAL, de fecha 24 de Enero de 2012, suscrita por el funcionario OFICIAL MANUEL GUARACHE, adscrito a la Divino de investigaciones Penales de la Policía Municipal de Bruzual, en la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial y en consecuencia expone: “…El día de hoy martes 05 de Enero y siendo las 08:00 horas de la mañana, encontrándome de servicio en la sede de este comando, específicamente como jefe de la Dirección de Investigaciones Penales, me notifico el jefe de los servicios Oficial Juan Aguilar, que se encontraba en el comando un ciudadano quien se identifico como JOSE INAGENCIO BALLESTEROS R, portador de la cedula de identidad Nº V-10.516.255, matricula 88.599, Caracas 10-08-2011, manifestando ser abogado defensor del Imputado Wuilmer Alexander Álvarez, quien esta relacionado con la causa Nº BP01-S-2011-004189, de fecha 13 de Diciembre de 2011, por el Juez de Control, Audiencias y Medidas Dra. SANDRA DE VELLIS HERNANDEZ, en compañía de la progenitora del imputado, quienes fueron pasados a la dirección de investigaciones, Una vez en el departamento la misma quedo identificada como ARACELIS JOSEFINA ITRIAGO ALVAREZ, de nacionalidad venezolana, natural de Clarines estado Anzoátegui… de profesión u oficio del hogar, residenciada en el sector José Antonio Anzoátegui Dos, calle Brisas de Unare, casa s/n, y portadora de la cédula de identidad Nº V-11.366.632, del Municipio Bruzual, se deja constancia que el día 12 de enero del presente año Cumpliendo Instrucciones de ese Despacho Fiscal, a través del inicio de Investigación del Expediente Nº C.C.P.B-03-088-11, de fecha 12 de Diciembre del 2011, remitido por el Fiscal Décimo Sexto del ministerio publico de esta circunscripción Judicial… de fecha 13 de Diciembre de 2011, por uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, donde solicitaron la afiliación de la ciudadana antes mencionada, se procedió a librarle una boleta de citación con la finalidad de solicitarle sus datos filiatorios y una vez en el comando manifestó no portar sus datos, hasta el día de hoy 24 de enero del presente año, y en presencia del abogado antes mencionado cedió sus datos, retirándose ambos ciudadanos de la sede de este comando policial…”

Aprecia este Tribunal para decidir que nos encontramos en presencia de un hecho delictivo de muy reciente data como lo es el de VIOLENCIA SEXUAL, en perjuicio de la niña de 14 años de edad. Apreciándose según el escrito presentado por la representación fiscal y también de la revisión de las actuaciones que se desprende la presunción que la ciudadana; ARACELYS JOSEFINA ITRIAGO ALVAREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad numero V- 11.366.632, pudiera ser el cómplice necesario, el cual siendo un delito que tiene en una pena correspondiente al respectivo hecho punible, como lo es el de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, amerita una rebaja por la mitad del referido delito, de conformidad con lo establecido en el articulo 84, ordinal 3° del Código Penal Venezolano lo cual hace presumir el peligro de fuga de dicha ciudadana quien en los actuales momentos no da garantía de someterse a la investigación que adelanta el Ministerio Publico. Motivo por el cual Este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA: LA APREHESION JUDICIAL DE LA CIUDADANA; ARACELYS JOSEFINA ITRIAGO ALVAREZ, DE NACIONALIDAD VENEZOLANA, NATURAL DE CLARINES ESTADO ANZOÁTEGUI… DE PROFESIÓN U OFICIO DEL HOGAR, RESIDENCIADA EN EL SECTOR JOSÉ ANTONIO ANZOÁTEGUI DOS, CALLE BRISAS DE UNARE, CASA S/N, Y PORTADORA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-11.366.632, DEL MUNICIPIO BRUZUAL, ESTADO ANZOÁTEGUI, Por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previstos y sancionado en el artículo 44 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en calidad de COMPLICE NECESARIO, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 84, ordinal 3° del Código Penal Venezolano, en tal sentido, es por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena librar los correspondientes oficios de captura a la Comandancia General de Policía, al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalisticas y a la Guardia Nacional. Cúmplase y Ofíciese lo conducente Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
LA JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01.

Abg. ONEIMAR DEL VALLE ROJAS CAPELLA
LA SECRETARIA

Abog. ALIANNE BASTIDAS