REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, dieciocho de enero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO: BP02-J-2010-000978.
Vista la diligencia de fecha 11/01/2012, suscrita por la ciudadana Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, Estado Anzoátegui, abog. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, a requerimiento de la ciudadana HILIA FABIOLA MORGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad V-17.535.946, en la cual solicita se le haga entrega la referida ciudadana de la totalidad del dinero que queda en la cuenta de ahorros que es un total de Bsf. 8.000,oo, la mitad para cada uno de sus hijos los hermanos “(Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) plenamente identificados en autos, a los fines de proveer en sus gatos cotidianos como alimentación, vestido, etc, entre otros, en tal sentido, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, acuerda hacer entrega de la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf. 8.000,oo), mas los interés generados hasta la presente fecha, de la cuenta de ahorros Nº. 0175-0088-17-0060562702, llevada por este Tribunal en la entidad Bancaria Bicentenario, a nombre de la ciudadana HILIA FABIOLA MORGADO, arriba plenamente identificada, a los fines de costear los gastos de sus hijos los niños “(Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , plenamente identificados en autos. Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones de este Tribunal, a los fines de dar cumplimiento a lo arriba indicado. Cúmplase.
LA JUEZ.


DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABOG. LOURDES CASTILLO.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.
LA SECRETARIA.

ABOG. LOURDES CASTILLO.
AJD/ZG.