Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 2 de Febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2012-000498
ASUNTO : BP01-P-2012-000498

Visto el escrito presentado por la DRA. INGRID YELLICE VARGAS MAESTRE, actuando con el carácter de Fiscal (A) Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita sea DECRETADA ORDEN DE APREHENSION, en contra del ciudadano LUIS GABRIEL AGUILERA MEJIAS, Venezolano, titular de la identidad Nº V- 21.068.755, residenciado en casa S/N, de color azul, con rejas de color blanco, ubicado en la calle Mirasol. Sector barrio Colombia, Barcelona, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previstos y sancionados en el artículo 406, ordinal 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE VICENTE ROJAS LOPEZ (OCCISO) Y ROXANA DEL CAMEN ROJAS LOPEZ, en consecuencia, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:



LOS HECHOS

“…En fecha 19-12-2011, siendo aproximadamente las tres y media horas de la mañana, las victimas de autos, JOSE VICENTE ROJAS LOPEZ (hoy occiso), Vanessa Yanet Hernández y José Gregorio Rondon Antoima (estos últimos dos heridos), se encontraban en la residencia del primero antes mencionado, tomando una cervezas cuando fueron abordados por unos ciudadanos conocidos en dicho sector como EL POLLITO, EL MALETA, MONGUITO Y EL TIO, este ultimo identificado como LUIS GABRIEL AGUILERA MEJIAS, anteriormente identificado, encontrándose uno de ellos armado y bajo amenaza de muerte, procedieron a despojar a la victimas de sus pertenecías, en virtud de dicha acción, JOSE VICENTE ROJAS, intento colocar resistencia al robo, exigiéndole a los imputados que le devolvieran sus pertenencias, siendo la acción de estos sujetos del mar vivir, arremeter contra el ciudadano JOSE VICENTE ROJAS, golpeándolo, provocando dicho impacto la caída al suelo de la victima, donde los imputados siguieron golpeándolo con la escopeta y puñalada en el rostro con un destornillador, acto seguido la victima VANESSA YANETH HERNANDEZ, se interpuso a los fines de que los imputados no siguieran golpeando a JOSE VICENTE ROJAS, por lo que los imputados de autos procedieron a darle una puñalada en el pecho a la precitada victima, en virtud de todo lo que estaba ocurriendo el ciudadano JOSE GREGORIO RONDON, intento ayudar a su esposa VANESSA, recibiendo este un golpe en la cabeza, por lo que la ciudadana VANESSA, procedió a gritar en busca de auxiliar, cuyos alaridos fueron escuchados por vecinos del sector quieren salieron a observar lo que estaba sucediendo, por lo que los perpetradores decidieron huir; Acto seguido los ciudadanos VANESSA YANETH HERNANDEZ y JOSE GREGORIO RONDON ANTOIMA, con la ayuda de vecinos del sector, trasladaron a JOSE VICENTE ROJAS LOPEZ, al centro medico asistencial Dr. LUIS RAZETTI, donde murió en horas de la mañana…..”
II
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

Iniciada la investigación, se lograron recabar los siguientes elementos que a continuación se mencionan:

1.- DENUNCIA COMUN, de fecha 20-01-2011., rendida por la ciudadana ROXANA DEL CARMEN ROJAS LOPEZ

2. – ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 20-12-2011, rendida por la ciudadana VANESSA YANETH HERNANDEZ CUECHE.

3.-ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 20-12-2011. Suscrita por el funcionario AGENTE JESUS GONZALEZ, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona, donde deja constancia que se traslado con el funcionario ANDERSON CISNEROS, al Hospital Luis RAZETTI, donde una vez en el sitio antes descritos, lograron observar al cuerpo inerte de una persona del sexo masculino, en posición de cubito dorsal, postrado sobre una camilla metálica el mismo se encontraba desprovisto de vestimenta, procediendo el funcionario ANDERSON CISNEROS, a practicar la correspondiente inspección técnica del cadáver.

4.- INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 4270 de fecha 20-12-2011 practicada por los funcionarios Sub-Inspector ARMANDO ROJAS, Agentes, ANDERSON CISNEROS y JESUS GONZALEZ, en la siguiente dirección MORGUE DEL HOSPITAL DR. LUIS RAZETTI BARCELONA, siendo las características físicas y fisonómicas del cadáver las siguientes: DE CABELLO CORTO RISO DE COLOR NEGRO, FRENTE AMPLIA, CEJAS REGULARES SEPARADAS, OJOS GRANDE, COLOR MARRON OSCUROS, NARIZ CHATA PERFILADA, BOCA GRANDE, LABIOS GRUESOS, MENTOL PRONUNCIADO, OREJAS REGULARES ADOSADAS, ROSTRO AVALADO, CONTEXTURA REGULAR, PIEL MORENO; EXAMEN EXTERNO DEL CADAVER: en el examen externo practicado al cadáver, se observo lo siguiente: TRES HERIDAS PUNZO PENETRANTES en la región frontal, Una herida contuza, en la región encefálica; Identificación del cadáver: según información aportada por los familiares, dicho interfecto fue identificado como: JOSE VICENTE ROJAS LOPEZ, de 41 años de edad, cedula de identidad N° V.-8.287.018, Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

5.- TRES (03) RESEÑAS FOTOGRAFICAS, de fecha 20-01-2012.
6.- INSPECCION TECNICA POLICIAL Nº 4271 de fecha 20-12-2011 practicada por los funcionarios Sub-Inspector ANDERSON CISNERO Y JESUS GONZALEZ, Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona
7.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 10-01-2012, rendida por la ciudadana YANETH HERNANDEZ CUECHE,
8.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-01-2012, rendida por la ciudadana CAIGUA LUIS MARIA.
9.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-01-2012, rendida por la ciudadana ROJAS LOPEZ HAIDEE DEL VALLE
10.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 13-01-2012, rendida por el ciudadano JOSE GREGORIO RONDON.
11.- RECONOCIMIENTO LEGAL Nº 077-12, de fecha 13-1-2012, practicada por el funcionario Forense experto Dr. ULISES FERNANDEZ, al ciudadano RONDON ANTOIMA JOSE GREGORIO,
12.-RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL N° 078-12, de fecha 13-01-2012, practicada por el Forense Experto Profesional II, DR. ULISES FERNANDEZ, a la victima YANETH VANESSA HERNANDEZ, donde se deja constancia que el carácter de la lesión es LEVE.
13.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27-01-2012, suscrita por el funcionario Agente CESAR FIGUEREDO, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Barcelona.
14.- COPIA SIMPLE DEL CERTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, a nombre del ciudadano JOSE VICENTE ROJAS LOPEZ, quien es victima de la presente causa, expedido a los 20 días del mes de diciembre del año 2011.


Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano LUIS GABRIEL AGUILERA MEJIAS, Venezolano, titular de la identidad Nº V- 21.068.755, residenciado en casa S/N, de color azul, con rejas de color blanco, ubicado en la calle Mirasol. Sector barrio Colombia, Barcelona, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previstos y sancionados en el artículo 406, ordinal 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE VICENTE ROJAS LOPEZ (OCCISO) Y ROXANA DEL CAMEN ROJAS LOPEZ, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra de los mismos. Y ASÍ SE DECIDE.

D I S P O S I T I V A

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano LUIS GABRIEL AGUILERA MEJIAS, Venezolano, titular de la identidad Nº V- 21.068.755, residenciado en casa S/N, de color azul, con rejas de color blanco, ubicado en la calle Mirasol. Sector barrio Colombia, Barcelona, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previstos y sancionados en el artículo 406, ordinal 1º del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE VICENTE ROJAS LOPEZ (OCCISO) Y ROXANA DEL CAMEN ROJAS LOPEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practiquen la captura del referido ciudadano y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirá dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 01

DRA. EVELIN OSUNA
EL SECRETARIO

ABOG. WINSTO YANEZ