ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-003786
ASUNTO : BP01-P-2008-003786
Revisada las actas que conforman el presente asunto, seguido en contra del ciudadano: JACKSON JESUS LEAL FONTT, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 14.190.416, soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 21/05/1977, hijo de los ciudadanos: IRMA FONTT (V) y GILBERTO LEAL (V), residenciado en: Chuparin Central, calle San Ramón, Casa S/Nº. cerca del Parque Miñoso. Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución a los fines de decidir observa:
En fecha 01 de noviembre de 2011, el Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: JACKSON JESUS LEAL FONTT, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 14.190.416, soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 21/05/1977, hijo de los ciudadanos: IRMA FONTT (V) y GILBERTO LEAL (V), residenciado en: Chuparin Central, calle San Ramón, Casa S/Nº. cerca del Parque Miñoso. Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de “POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 45 en concordancia con el Artículo 48º, ordinal 7° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 318 Ordinal 3° Ejusdem.
Ahora bien, definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución ejecuta el Sobreseimiento de la Causa y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: JACKSON JESUS LEAL FONTT, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 14.190.416, soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 21/05/1977, hijo de los ciudadanos: IRMA FONTT (V) y GILBERTO LEAL (V), residenciado en: Chuparin Central, calle San Ramón, Casa S/Nº. cerca del Parque Miñoso, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 02
DRA. ELOINA RAMOS BERITO
LA SECRETARIA
ABG. YOMARY RAMOS
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