REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de febrero de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: BP02-V-2011-001012

Visto el contenido de la diligencia de fecha 27 de febrero de 2012, presentada por la ciudadana Carmen Pricela Andarcia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.312.898, en su carácter de parte demandante, asistida por el abogado David Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.269, mediante la cual desiste de la presente demanda y solicita le sean devueltos las copias certificadas del titulo de Únicos y Universales Herederos que se encuentran inserto a los autos, en consecuencia, el Tribunal HOMOLOGA el referido desistimiento hecho por la parte actora en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.- Asimismo se ordena devolver las copias certificadas del Titulo de Únicos y Universales Herederos que se encuentran inserto a los autos en los folios 8 al 40, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del mismo.-
EL JUEZ PROV.,


ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DÍAZ.
LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.

Nota: Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste.-
LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.