REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de febrero de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: BP02-S-2012-000338


Vista el anterior escrito de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, presentado por los ciudadanos: MEDERO BETANCOURT ALEXIS EDUARDO Y MONTANER SALAZAR KARELYS JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidad números V-19.329.810 y V-19.839.474, respectivamente, ex cónyuges y de este domicilio, asistidos por la Abogada MARIANNE COVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 94.365, el Tribunal, vista la liquidación de los bienes pertenecientes a los ciudadanos arriba señalados, hecha de común acuerdo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, en los mismos términos y condiciones establecidos por ellos en el señalado escrito.- Asimismo, se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inserción del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y 1º de la Ley de Sellos.- Cúmplase.-
El Juez Suplente Especial;

Abog. JOSE JESUS RAMIREZ.- El Secretario;

Abg. OSWALDO FERNANDEZ.-